AÑO DE LAS ENERGIAS RENOVABLES

Rango Decreto
Publicación 2017-01-04
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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AÑO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES

Decreto 9/2017

Documentación oficial. Leyenda.

Buenos Aires, 03/01/2017

VISTO y CONSIDERANDO:

Que a partir de la sanción de la Ley Nº 27.191, modificatoria de la Ley

N° 26.190 por la que se estableció el “Régimen de Fomento Nacional para

el Uso de Fuentes Renovables de Energía Destinada a la Producción de

Energía Eléctrica”, se ha iniciado un proceso que apunta a lograr una

contribución de las fuentes renovables de energía hasta alcanzar el

VEINTE POR CIENTO (20%) del consumo de energía eléctrica nacional, al

31 de diciembre de 2025.

Que, asimismo, la búsqueda de la diversificación energética mediante

fuentes limpias, se ha tornado una política de estado, en línea con los

compromisos asumidos por la REPÚBLICA ARGENTINA con la adopción del

“Acuerdo de París”, celebrado en el marco de la COP21, y aprobado por

la Ley N° 27.270.

Que en este sentido, se destaca que el aprovechamiento de los recursos

energéticos renovables tanto para la generación de electricidad como

para usos térmicos, tiene numerosos beneficios que incluyen, en primer

lugar, la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y otros

gases nocivos que están asociados al uso de combustibles fósiles; en

segundo lugar, la seguridad energética al no depender de otros países

para el aprovisionamiento de energía; y por último, la creación de

empleos locales calificados tanto para la instalación como para la

fabricación de componentes y equipamiento, así como también para la

provisión de servicios de mantenimiento.

Que durante el año 2016 se llevaron adelante numerosas acciones

tendientes a incentivar la inversión a gran escala en el sector de

energías renovables. Las principales acciones se englobaron en el

denominado Programa RenovAr, a partir del cual se adjudicaron 59

proyectos que, una vez instalados, aportarán una cantidad de energía

eléctrica equivalente al 6% de la demanda nacional.

Que en esta línea, durante el año 2017, se prevé avanzar en la

realización de las obras necesarias para comenzar a disfrutar de nuevas

fuentes de energía limpia y amigable con el ambiente, que resultan

indispensables para el desarrollo del país.

Que en virtud de lo expresado en los considerandos anteriores,

corresponde resaltar y difundir en el año 2017 la importancia del uso

de las energías renovables para el desarrollo del país, en un ambiente

sustentable.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1° — Declárase el Año 2017 como el “AÑO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES”.
ARTÍCULO 2° — Dispónese que durante el Año 2017, toda la documentación

oficial de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, centralizada y

descentralizada, así como en los Entes autárquicos dependientes de

ésta, deberá llevar la leyenda “2017 - AÑO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES”.

ARTÍCULO 3° — En orden a lo establecido en el artículo 1° del presente,

el PODER EJECUTIVO NACIONAL auspiciará actividades, seminarios,

conferencias y programas educativos que contribuyan a la difusión en el

país de diferentes aspectos relativos al desarrollo y uso de las

energías renovables.

ARTÍCULO 4° — Invítase a los Gobiernos Provinciales y al de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES a adherir al presente decreto.
ARTÍCULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.