MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

Rango Decreto
Publicación 2012-06-18
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
Historial de reformas JSON API

**MINISTERIO

DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO**

Decreto 901/2012

**Apruébase la estructura organizativa

del primer y segundo nivel operativo de la Secretaría de Relaciones

Económicas Internacionales.**

Bs. As., 7/6/2012

VISTO el Expediente N° 9541/2012 del Registro del MINISTERIO DE

RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, los Decretos Nros. 357 de fecha 21 de

febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, y 2085 de fecha

7 de diciembre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 357/02, sus modificatorios y

complementarios, se aprobó el organigrama de aplicación de la

ADMINISTRACION NACIONAL centralizada hasta nivel de Subsecretaría.

Que por el Decreto N° 2085/11 se aprobaron los objetivos de la

SECRETARIA DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES y sus

Subsecretarías dependientes, entre otras.

Que una de las premisas del presente gobierno es lograr el

perfeccionamiento de la utilización de los recursos públicos tendiente

a una mejora sustancial en la calidad de vida de los ciudadanos,

focalizando su accionar en la producción de resultados que sean

colectivamente compartidos y socialmente valorados.

Que por tal motivo, resulta procedente adecuar la estructura

organizativa de primer y segundo nivel operativo de la SECRETARIA DE

RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES, dependiente del MINISTERIO DE

RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, ajustados a criterios de racionalidad y

eficiencia para llevar adelante los objetivos planteados.

Que la Oficina Nacional de Innovación de Gestión de la SUBSECRETARIA DE

GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION

ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la

intervención que le compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE

RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha tomado la intervención que le compete.

Que la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha

tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones

emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Apruébase la

estructura organizativa del primer y segundo nivel operativo de la

SECRETARIA DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE

RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, de acuerdo con los Organigramas,

Responsabilidad Primaria y Acciones que como Anexos la, lb, lc, Id, y

II forman parte integrante del presente decreto.

Art. 2° — El gasto que demande

el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las

partidas correspondientes a la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE

RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

Art. 3° — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Héctor M.

Timerman.

ANEXO Ia

[IMG]

ANEXO Ib

[IMG]

ANEXO Ic

[IMG]

ANEXO Id

[IMG]

ANEXO II

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

SECRETARIA DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES

SUBSECRETARIA DE INTEGRACION ECONOMICA LATINOAMERICANA Y MERCOSUR

DIRECCION NACIONAL DE INTEGRACION ECONOMICA LATINOAMERICANA

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Formular y ejecutar políticas y cursos de acción para fortalecer la

integración económica bilateral y multilateral a nivel regional y

subregional con los países de Latinoamérica y el Caribe, exceptuando a

los Estados Miembros del MERCOSUR.

Participar en las negociaciones económicas bilaterales y multilaterales

a nivel regional y subregional.

ACCIONES:

1.

Coordinar la participación de la REPUBLICA ARGENTINA en las

negociaciones económicas bilaterales y multilaterales con los países de

América Latina y el Caribe, a excepción del MERCOSUR y sus Estados

Miembros, en coordinación con las dependencias nacionales con

competencia en los aspectos comerciales, financieros, de inversiones,

tributarios, productivos y sectoriales, de transporte internacional,

tecnológicos y de infraestructura, entre otros.

2.

Formular y proponer políticas que promuevan el desarrollo y la

integración económica a nivel bilateral y multilateral, en coordinación

con las dependencias nacionales competentes.

3.

Contribuir con la identificación de oportunidades y la propuesta de

políticas tendientes a la apertura y el desarrollo de nuevos mercados

para la oferta exportable argentina.

4.

Participar en las reuniones económicas multilaterales que se

desarrollen en los organismos regionales, en las negociaciones

económicas con las misiones enviadas por organizaciones multilaterales

regionales y subregionales a la REPUBLICA ARGENTINA, y en la

formulación de las directivas e instrucciones.

5.

Participar en los procesos de negociación y aprobación de los

instrumentos que materialicen acuerdos, relacionados con los países y

organismos de América Latina y el Caribe.

6.

Instruir a las Representaciones de la REPUBLICA ARGENTINA y

Delegaciones oficiales en los temas y ámbitos de su competencia.

DIRECCION DE RELACIONES ECONOMICAS BILATERALES PARA LATINOAMERICA Y EL

CARIBE

ACCIONES:

1.

Contribuir en la ejecución de políticas, programas y planes de

acción de carácter económico para el desarrollo, la integración

económica y la apertura de nuevos mercados, en relación con los países

y Organismos de América Latina y el Caribe, excluyendo los países del

MERCOSUR.

2.

Proponer y organizar las reuniones económicas bilaterales, en

particular Comisionas Mixtas, Grupos de Complementación Económica,

Misiones Técnicas y otros foros de diálogo y seguimiento económico, que

se desarrollen en el país y en el exterior, en coordinación con las

dependencias nacionales competentes.

3.

Asesorar en los procesos de negociación y aprobación de los

instrumentos que materialicen acuerdos como los de carácter

interinstitucionales en temas comerciales, financieros, de inversiones,

tributarios, productivos y sectoriales, de transporte internacional,

tecnológicos y de infraestructura, entre otros.

4.

Participar en la elaboración del plan de acción para las

Representaciones de la REPUBLICA ARGENTINA, responder a sus

requerimientos y supervisar el cumplimiento de los objetivos propuestos

a dichas representaciones.

5.

Supervisar la tramitación de certificados sanitarios, fitosanitarios

y otros que tengan por objeto facilitar el acceso a nuevos mercados

para productos argentinos ante las autoridades extranjeras competentes.

DIRECCION NACIONAL DE MERCOSUR

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Participar en las negociaciones multilaterales y bilaterales de la

REPUBLICA ARGENTINA en materia de integración económica con los Estados

Miembros del MERCOSUR o con aquellos países en proceso de incorporación.

Realizar tareas de coordinación y/o seguimiento de los Subgrupos de

Trabajo, Comités Técnicos, Reuniones Especializadas y Reuniones de

Ministros a nivel regional y nacional.

ACCIONES:

1.

Representar a la REPUBLICA ARGENTINA en los órganos del MERCOSUR y

en las negociaciones de los Subgrupos de Trabajo, Comités Técnicos y

Reuniones Especializadas, con el fin de profundizar el proceso de

integración regional.

2.

Coordinar con las áreas competentes del Gobierno Nacional la

posición de la REPUBLICA ARGENTINA en los distintos temas de

negociación, así como el seguimiento de la implementación interna de

las medidas acordadas en el ámbito del MERCOSUR.

3.

Participar en las negociaciones económicas bilaterales con los demás

Estados Miembros del MERCOSUR o con aquellos países en proceso de

incorporación, en la negociación y aprobación de acuerdos.

4.

Coordinar con las dependencias nacionales competentes la posición

argentina respecto de la vinculación del MERCOSUR con otros países,

bloques regionales y subregionales y organismos internacionales.

DIRECCION DE ASUNTOS ECONOMICOS DEL MERCOSUR

ACCIONES:

1.

Ejecutar cursos de acción que impulsen las políticas de la REPUBLICA

ARGENTINA en materia de integración económica en el ámbito del

MERCOSUR, participando en las negociaciones económicas con los Estados

Miembros o con aquellos países en proceso de incorporación.

2.

Coordinar y/o efectuar el seguimiento de las tareas de los Subgrupos

de Trabajo, Comités Técnicos, Reuniones Especializadas y Reuniones de

Ministros en forma conjunta con otras áreas del Gobierno Nacional.

3.

Participar en las negociaciones económicas bilaterales con los demás

Estados Miembros del MERCOSUR y con aquellos países en proceso de

incorporación.

4.

Participar en las negociaciones económicas bilaterales del MERCOSUR

con otros países, bloques regionales y subregionales u organismos

internacionales.

DIRECCION DE ASUNTOS INSTITUCIONALES DEL MERCOSUR

ACCIONES:

1.

Participar en los procesos de negociación y aprobación de los

instrumentos que materialicen los Acuerdos, Protocolos, Convenios y

otros instrumentos internacionales, en el ámbito del MERCOSUR.

2.

Proponer e instrumentar los programas destinados al fortalecimiento

de la integración institucional con los Estados Miembros del MERCOSUR y

con aquellos países en proceso de incorporación.

3.

Coordinar las negociaciones de los Subgrupos de Trabajo, Comités

Técnicos y Reuniones Especializadas, con las dependencias nacionales

competentes.

4.

Asistir en el desarrollo de las políticas institucionales del

MERCOSUR con otros países, bloques regionales y subregionales y

organismos internacionales.

5.

Efectuar el seguimiento y actualización de la incorporación y

aplicación de la normativa relacionada con el MERCOSUR al ordenamiento

jurídico interno nacional.

6.

Asesorar en los temas relativos al ordenamiento jurídico y al

funcionamiento del sistema de solución de controversias del MERCOSUR,

incluyendo lo relativo a la participación de la REPUBLICA ARGENTINA en

controversias específicas.

SUBSECRETARIA DE NEGOCIACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES

DIRECCION NACIONAL DE NEGOCIACIONES ECONOMICAS BILATERALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Contribuir a la formulación y ejecutar políticas y cursos de acción en

materia de negociaciones económicas bilaterales, excluida la región de

América Latina y el Caribe.

ACCIONES:

1.

Contribuir a la formulación de políticas y supervisar la ejecución

de cursos de acción en materia de relaciones económicas bilaterales

favorables al desarrollo nacional con los países con los que la

REPUBLICA ARGENTINA mantiene relaciones, excluyendo los países de

América Latina y el Caribe, en coordinación con las dependencias

nacionales competentes.

2.

Coordinar la participación de la REPUBLICA ARGENTINA en las

negociaciones económicas bilaterales en articulación con las restantes

dependencias nacionales con competencia en los aspectos comerciales,

financieros, de inversiones, tributarios, productivos y sectoriales, de

transporte internacional, tecnológicos y de infraestructura, entre

otros.

3.

Participar en los procesos de negociación y aprobación de los

instrumentos que materialicen los acuerdos relativos a las

negociaciones económicas internacionales de interés para la REPUBLICA

ARGENTINA.

4.

Coordinar la representación nacional y preparación de las reuniones

económicas bilaterales que se desarrollen en nuestro país y en el

exterior, en particular Comisiones Mixtas, Grupos de Complementación

Económica, Misiones Técnicas u otros órganos de naturaleza similar,

cuyo objeto sea el seguimiento de relaciones bilaterales en materia

económica, en articulación con las restantes dependencias nacionales

competentes.

5.

Participar en la formulación y desarrollo de acuerdos asociativos de

naturaleza económica con los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA y CANADA, la

UNION EUROPEA y los países de Europa, Africa, Asia y Oceanía;

incluyendo aquellos realizados con países, organismos regionales de

integración económica y otras entidades de objeto similar.

6.

Elaborar propuestas de cursos de acción en relación con los

objetivos prioritarios de política exterior en materia de negociaciones

económicas con los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA y CANADA, la UNION EUROPEA

y los países de Europa, Africa, Asia y Oceanía, en coordinación con las

restantes dependencias nacionales competentes.

7.

Identificar oportunidades y participar en el diseño de políticas y

estrategias para la apertura y el desarrollo de nuevos mercados en el

mundo, para la oferta exportadora argentina.

8.

Proponer las instrucciones y directivas para las Representaciones de

la REPUBLICA ARGENTINA y delegaciones oficiales en los temas y ámbitos

de su competencia.

9.

Elaborar propuestas de políticas y estrategias para la apertura y el

desarrollo de nuevos mercados en el mundo para la oferta exportable

argentina, procurando un mutuo beneficio.

DIRECCION DE NEGOCIACIONES ECONOMICAS BILATERALES CON EUROPA

ACCIONES:

1.

Contribuir en la ejecución de políticas, programas y planes de

acción para el desarrollo de las relaciones económicas con los países

de Europa y la UNION EUROPEA.

2.

Proponer y organizar los lineamientos y las instrucciones para la

participación en reuniones económicas bilaterales; en particular

Comisiones Mixtas, Grupos de Complementación Económica, misiones

técnicas y otros foros de diálogo y seguimiento económico, que se

desarrollen en el país y en el exterior, con los países y entidades de

Europa.

3.

Participar en los procesos de negociación y aprobación de los

instrumentos que materialicen los acuerdos relativos a las

negociaciones económicas internacionales, en temas comerciales,

financieros, de inversiones, tributarios, productivos y sectoriales, de

transporte internacional, tecnológicos y de infraestructura, entre

otros, relacionados con los países y entidades de Europa.

4.

Proponer las instrucciones y directivas que se dirijan a las

Representaciones de la República ante gobiernos extranjeros y

entidades, pertenecientes al continente europeo, y efectuar su

seguimiento.

5.

Supervisar la tramitación, ante las autoridades extranjeras

competentes de los países y entidades de Europa, de certificados

sanitarios, fitosanitarios y otros que tengan por objeto facilitar el

acceso a nuevos mercados para productos argentinos.

DIRECCION DE NEGOCIACIONES ECONOMICAS BILATERALES CON AFRICA Y MEDIO

ORIENTE

ACCIONES:

1.

Contribuir en la ejecución de políticas, programas y planes de

acción para el desarrollo de las relaciones económicas con los países y

entidades de Africa y Medio Oriente, así como con sus agrupaciones y

organismos regionales.

2.

Proponer y organizar los lineamientos y las instrucciones para la

participación en reuniones económicas bilaterales, en particular

Comisiones Mixtas, Grupos de Complementación Económica, misiones

técnicas y otros foros de diálogo y seguimiento económico, que se

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.