CONTRATOS

Rango Decreto
Publicación 2018-10-10
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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CONTRATOS

Decreto 901/2018

DECTO-2018-901-APN-PTE - Apruébase Modelo de Contrato de Préstamo.

Ciudad de Buenos Aires, 09/10/2018

VISTO el Expediente N° EX-2018-27449861-APN-DGDYD#MF y el Modelo de

Contrato de Préstamo propuesto para ser suscripto entre la REPÚBLICA

ARGENTINA y el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL

PLATA (FONPLATA), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo, el FONDO FINANCIERO

PARA EL DESARROLLO DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA) se compromete a

asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en

la ejecución del “Proyecto Digitalización del Acervo de la Biblioteca

Nacional Mariano Moreno (BNMM)”, por un monto de hasta DÓLARES

ESTADOUNIDENSES SIETE MILLONES (U$S 7.000.000).

Que el objetivo general del proyecto es fortalecer el acceso digital de

las colecciones bibliográficas que constituyen el acervo de la

BIBLIOTECA NACIONAL MARIANO MORENO (BNMM).

Que el referido Programa se estructura en TRES (3) componentes: (i)

Equipamiento tecnológico para la digitalización de documentos y piezas

audiovisuales y sonoras; (ii) Preservación y almacenamiento de archivos

digitales; y (iii) Administración y Evaluación.

Que la ejecución del programa y la utilización de los recursos del

financiamiento serán llevadas a cabo por la BIBLIOTECA NACIONAL MARIANO

MORENO (BNMM), organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE

EDUCACIÓN, CULTURA, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.

Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA

ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del

MINISTERIO DE HACIENDA, suscriba el Contrato de Préstamo, así como toda

otra documentación relacionada con la operatoria del citado préstamo.

Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de

Hacienda para que, en nombre y representación de la REPÚBLICA

ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo y acuerde las

modificaciones que sean convenientes para la ejecución del “Proyecto

Digitalización del Acervo de la Biblioteca Nacional Mariano Moreno

(BNMM)”, siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al objeto

y destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o una

alteración en el procedimiento arbitral pactado.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de

interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de

Préstamo propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en

este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y

objetivos para los que será destinado el mencionado préstamo.

Que ha tomado intervención el Servicio Jurídico competente de la Jurisdicción de origen.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto en el

artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y en el artículo 53

de la Ley Nº 11.672, Complementaria Permanente de Presupuesto (T.O.

2014).

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo a celebrarse

entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el FONDO FINANCIERO PARA EL DESARROLLO

DE LA CUENCA DEL PLATA (FONPLATA), por un monto de hasta DÓLARES

ESTADOUNIDENSES SIETE MILLONES (U$S 7.000.000), destinado a financiar

el “Proyecto Digitalización del Acervo de la Biblioteca Nacional

Mariano Moreno (BNMM)”, que consta de las Estipulaciones Especiales

integradas por SIETE (7) Capítulos, de las Normas Generales integradas

por ONCE (11) Capítulos y UN (1) Anexo Único, que como ANEXO I

(IF-2018-47608405-APN-SSRFI#MHA) integra la presente medida. Asimismo,

se adjunta como ANEXO II (IF-2018-47608147-APN-SSRFI#MHA) la “Política

para la Adquisición de Bienes, Obras y Servicios en Operaciones

Financiadas por FONPLATA”.

ARTÍCULO 2º.- Facúltase al señor Ministro de Hacienda, o al funcionario

o funcionarios que éste designe, a suscribir, en nombre y

representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo y su

documentación adicional, conforme al Modelo que se aprueba por el

artículo 1º del presente decreto.
ARTÍCULO 3º.- Facúltase al señor Ministro de Hacienda, o al funcionario

o funcionarios que éste designe, a convenir y suscribir, en nombre y

representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de

Préstamo, cuyo Modelo se aprueba por el artículo 1º de la presente

medida, siempre que no constituyan cambios sustanciales en el objeto o

destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o

introduzcan modificaciones al procedimiento arbitral pactado.

ARTÍCULO 4º.- Desígnase como “Organismo Ejecutor” del “Proyecto

Digitalización del Acervo de la Biblioteca Nacional Mariano Moreno

(BNMM)” a la BIBLIOTECA NACIONAL MARIANO MORENO (BNMM), organismo

descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA,

CIENCIA Y TECNOLOGÍA, quedando facultado para realizar todas las

operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del

mencionado Programa, conforme las normas y procedimientos contenidos en

el Modelo de Contrato de Préstamo que se aprueba por el artículo 1° de

la presente medida.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL

REGISTRO OFICIAL y archívese. MACRI - Marcos Peña - Nicolas Dujovne -

Alejandro Finocchiaro

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 10/10/2018 N° 76056/18 v. 10/10/2018

(*Nota

Infoleg:**

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el

siguiente link: AnexoI, AnexoII)*

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.