JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Rango Decreto
Publicación 2012-06-19
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 905/2012

**Dase por prorrogada la designación del

Director Nacional de Evaluación Presupuestaria de la Subsecretaría de

Evaluación del Presupuesto Nacional de la Secretaría de Evaluación

Presupuestaria.**

Bs. As., 12/6/2012

VISTO el Expediente CUDAP Nº 1470/2012 del registro de la JEFATURA DE

GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 26.728, los Decretos Nº 491 del 12 de

marzo de 2002, Nº 1473 del 16 de septiembre de 2008, Nº 903 del 30 de

junio de 2011, y lo solicitado por la SUBSECRETARIA DE EVALUACION DEL

PRESUPUESTO NACIONAL de la SECRETARIA DE EVALUACION PRESUPUESTARIA de

la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.728 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio del año 2012.

Que mediante el Decreto Nº 1473/08 se dio por designado

transitoriamente al Contador Público Nacional D. Daniel Santiago

LANDERRECHE como Director Nacional de Evaluación Presupuestaria,

dependiente de la entonces SECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA Y

EVALUACION PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y

cuya última prórroga se efectuó mediante el Decreto Nº 903/11 por el

mismo término.

Que resulta necesario efectuar una nueva prórroga de la designación

citada precedentemente por el término de CIENTO OCHENTA (180) días

hábiles.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos,

que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración

Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente

y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a

propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que el Decreto Nº 601/02, en su artículo 6°, establece que los

proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no

impliquen renovación o prórroga, y reincorporación de personal en el

ámbito de la Administración Pública Nacional deberán ser acompañados

por la documentación detallada en la Circular del Secretario Legal y

Técnico de la PRESIDENCIA DE LA NACION Nº 4/02.

Que el agente involucrado en la presente medida se encuentra exceptuado

de lo establecido en el referido artículo 6° del Decreto Nº 601/02

reglamentario del Decreto Nº 491/02, por haber dado cumplimiento

oportunamente a tales disposiciones.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA LEGAL Y

TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención

correspondiente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones

emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y a

tenor de lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Dase por

prorrogada, a partir del 18 de enero de 2012 por el término de CIENTO

OCHENTA (180) días hábiles, la designación transitoria efectuada en los

términos del Decreto Nº 1473/08 y cuya última prórroga se efectuó

mediante el Decreto Nº 903/11, del Contador Público Nacional D. Daniel

Santiago LANDERRECHE (D.N.I. Nº 10.428.687) en un cargo Nivel A - Grado

7, como Director Nacional de Evaluación Presupuestaria de la

SUBSECRETARIA DE EVALUACION DEL PRESUPUESTO NACIONAL de la SECRETARIA

DE EVALUACION PRESUPUESTARIA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,

autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel I

del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el

Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº

2098/08.

Art. 2° — El cargo involucrado

deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección

vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,

Capítulos III, IV y VIII, y IV del Sistema Nacional de Empleo Público

(SINEP) dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados

a partir del 18 de enero de 2012.

Art. 3° — El gasto que demande

el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará con cargo a

los créditos de las partidas específicas del presupuesto vigente para

el corriente ejercicio de la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE

MINISTROS.

Art. 4° — Comuníquese,

publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina.

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