ESTRUCTURAS
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
Decreto 919/98
Apruébase la organización funcional de las Secretarias de Programación Económica y Regional y de Obras Públicas. Modifícase el Decreto N° 660/96.
Bs.As., 6/8/98
B.O: 13/8/98
VISTO el Expediente Nº 750-003170/98 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto Nº 660 de fecha 24 de junio de 1996, sus modificatorios y complementarios, se definió el organigrama de aplicación en el ámbito de la Administración Centralizada, hasta nivel de Subsecretaría, entre otros, del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Que resulta aconsejable transferir las competencias de la SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION REGIONAL referidas a la coordinación fiscal y económica con las provincias y la programación regional desde la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS a la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA, la que se denominará SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA Y REGIONAL, ambas del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Que al margen de ello, se impone la necesidad de reubicar en la órbita de la SECRETARIA DE COORDINACION, también del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, a la SUBSECRETARIA DE BANCOS Y SEGUROS, hasta la fecha en jurisdicción de la SECRETARIA DE POLITICA ECONOMICA, así como también a los organismos descentralizados: COMISION NACIONAL DE VALORES y CASA DE MONEDA SOCIEDAD DEL ESTADO y, en la mencionada SUBSECRETARIA DE BANCOS Y SEGUROS, a la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION.
Que al margen de ello, y con el objeto de mejorar la eficiencia y eficacia en el control de las concesiones de la red vial nacional, resulta aconsejable asignar a un órgano especifico el control de la problemática mencionada.
Que en tal sentido corresponde crear en jurisdicción de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS, dependiendo de la SUBSECRETARIA DE EVALUACION, INFRAESTRUCTURA Y CONTROL , el ORGANO DE CONTROL DE LAS CONCESIONES DE LA RED VIAL NACIONAL.
Que por lo expuesto resulta menester realizar las adecuaciones señaladas en la organización vigente en el citado MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, incorporando los referidos ajustes.
Que la medida propuesta, no implica una erogación mayor a la prevista oportunamente para la Jurisdicción 50.00 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Que se ha expedido en forma favorable, la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Que la UNIDAD DE REFORMA Y MODERNIZACION DEL ESTADO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete, expidiéndose favorablemente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades emergentes del Artículo 99, Inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º.- Modifícase del Anexo I del Decreto Nº 660 de fecha 24 de junio de 1996, sus modificatorios y complementarios, la parte correspondiente al MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, el que se integrará de acuerdo al detalle que se señala en las Planillas Anexas al presente artículo.
Art. 2º- Modifícase del Anexo II - Objetivos - del Decreto Nº 660 de fecha 24 de junio de 1996, sus modificatorios y complementarios, la parte correspondiente a las SECRETARIAS DE PROGRAMACION ECONOMICA Y REGIONAL, DE COORDINACION, y DE OBRAS PUBLICAS, del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, los que quedarán redactados como se detalla en las Planillas Anexas al presente artículo.
Art. 3º- Apruébase la organización funcional de las SECRETARIAS DE PROGRAMACION ECONOMICA Y REGIONAL y DE OBRAS PUBLICAS, del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, la que se conformará de acuerdo con el detalle que, como Planillas Anexas al presente artículo, se acompañan.
Art. 4º- El personal de las áreas afectadas por la presente medida mantendrá sus niveles y grados de revista vigentes a la fecha. La medida incluye los cargos ocupados del Régimen de Cargos con Funciones Ejecutivas.
Art. 5- Créase, como organismo descentralizado en jurisdicción de la SUBSECRETARIA DE EVALUACION, INFRAESTRUCTURA Y CONTROL de la SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, el ORGANO DE CONTROL DE LAS CONCESIONES DE LA RED VIAL NACIONAL.
Art. 6º.- El MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, elevará, en un plazo no mayor a los NOVENTA (90) días, el proyecto de estructura organizativa del ORGANO DE CONTROL DE LAS CONCESIONES DE LA RED VIAL NACIONAL, así como también las adecuaciones correspondientes a las distintas áreas de su jurisdicción, afectadas por la creación citada.
Art. 7º.- Hasta tanto se concluya con la organización de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales inferiores existentes, con la asignación de los respectivos cargos con funciones ejecutivas del Régimen de Cargos con Funciones Ejecutivas.
Art. 8º.- Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas por la presente medida, serán atendidas con cargo a las previsiones de origen de las mismas.
Art. 9º.- Establécese la dependencia de los organismos no integrantes de la administración centralizada de las Secretarias de : PROGRAMACION ECONOMICA Y REGIONAL, COORDINACION y de OBRAS PUBLICAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS , de acuerdo con la planilla que como anexa al presente articulo se acompaña.
Art. 10º.- El gasto que demande la atención de la presente medida será atendido con los créditos existentes en la jurisdicción 50.00 - MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.
Art. 11º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1°
MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS
- SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA Y REGIONAL:
SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION MACROECONOMICA
SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION REGIONAL
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS
- SECRETARIA DE COORDINACION:
SUBSECRETARIA LEGAL
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION
SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL
SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES
SUBSECRETARIA DE BANCOS Y SEGUROS
- SECRETARIA DE HACIENDA:
SUBSECRETARIA DE PRESUPUESTO
SUBSECRETARIA DE POLITICA TRIBUTARIA
SUBSECRETARIA DE FINANCIAMIENTO
- SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA:
SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA
SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR
SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR
SUBSECRETARIA DE MINERIA
- SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTACIÓN:
SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y FORESTACIÓN
SUBSECRETARIA DE PESCA
SUBSECRETARIA DE ALIMENTACIÓN Y MERCADOS
- SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS:
SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS
SUBSECRETARIA DE EVALUACION, INFRAESTRUCTURA Y CONTROL
- SECRETARIA DE ENERGIA:
SUBSECRETARIA DE ENERGIA
SUBSECRETARIA DE COMBUSTIBLES
- SECRETARIA DE TRANSPORTE:
SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE TERRESTRE
SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL, FLUVIAL Y MARITIMO
SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES
PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 2°
SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA Y REGIONAL
OBJETIVOS
1.- Elaborar y proponer instrumentos para la programación, la consistencia y el análisis de la política económica.
2.- Efectuar el seguimiento sistemático de la situación de la economía global, sectorial y regional.
3.- Coordinar en su carácter de autoridad de aplicación del Sistema Nacional de Inversión Pública, la evaluación y propuesta de prioridades en los proyectos de inversión pública y programas con financiamiento externo, así como también la actualización de los planes anual y plurianual de inversión.
4.- Conducir, a través del INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA Y CENSOS, el Sistema Estadístico Nacional y los Censos Nacionales; elaborar las estadísticas nacionales socioeconómicas, y los análisis y estudios que deriven de ellos.
5.- Conducir, a través de las respectivas áreas, los Sistemas de Cuentas Nacionales e Internacionales y los análisis y estudios que deriven de ellos.
6.- Programar y coordinar la evaluación de las políticas de gasto social consolidado, su financiamiento y su impacto sobre la población y efectuar diagnósticos y seguimientos de los niveles de vida de la población.
7.- Colaborar con la SECRETARIA DE HACIENDA en la elaboración del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos de la Administración Nacional, específicamente en lo relativo a los proyectos de inversión pública nacional, con el alcance establecido en la Ley Nº 24.354 - de creación del Sistema Nacional de Inversiones Públicas - y los proyectos financiados por organismos internacionales de crédito.
8.- Coordinar todo lo vinculado con las relaciones y negociaciones con los organismos financieros internacionales de crédito, bilaterales y no bilaterales, asegurando el desarrollo, actualización y mantenimiento de los sistemas de información destinados a optimizar la ejecución de los programas con dichos organismos.
9.- Resolver sobre las medidas correctivas que coadyuven a la buena administración de los préstamos con los organismos internacionales de crédito y a la mayor eficiencia para la ejecución de los proyectos y programas de inversión pública.
10.- Conducir todo lo vinculado a los aspectos fiscales, económicos y financieros y sus impactos sociales, en la relación entre el Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
11.- Coordinar la asistencia a las provincias en lo que es materia de su competencia.
12.- Efectuar el seguimiento sistemático de la situación de la economía regional.
13.- Evaluar los programas de gasto social consolidado, realizando un diagnóstico y seguimiento permanente de su impacto sobre las condiciones de vida de la población.
14.- Coordinar las relaciones entre el INSTITUTO SUPERIOR DE LOS ECONOMISTAS DE GOBIERNO y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA Y REGIONAL
SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION MACROECONOMICA
OBJETIVOS
1.- Coordinar la realización de análisis prospectivos que vinculen los objetivos e instrumentos de las políticas macroeconómicas.
2.- Conciliar los distintos planes, programas y proyectos con los lineamientos de la política económica en el plano fiscal, monetario y de ingresos.
3.- Efectuar el seguimiento sistemático de la coyuntura económica y publicar indicadores e informes periódicos que permitan evaluar el desempeño de la economía.
4.- Organizar y elaborar los Sistemas de Cuentas Nacionales e Internacionales y los análisis y estudios conexos.
5.- Supervisar todo lo vinculado con el INSTITUTO SUPERIOR DE LOS ECONOMISTAS DE GOBIERNO.
SECRETARIA DE PROGRAMACION ECONOMICA Y REGIONAL
SUBSECRETARIA DE PROGRAMACION REGIONAL
OBJETIVOS
1.- Coordinar con las distintas dependencias del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y de otros Ministerios, todos los aspectos relacionados con la programación económica regional.
2.- Proponer instrumentos de financiamiento apropiados para el apoyo del desarrollo regional.
3.- Coordinar la instrumentación de un banco único de datos económicos y sociales sobre provincias y economías regionales.
4.- Realizar estudios sobre las economías regionales.
5.- Actuar como unidad ejecutora de proyectos orientados al desarrollo regional.
6.- Coordinar los aspectos fiscales, económicos y financieros y sus impactos sociales en la relación entre el GOBIERNO NACIONAL y los Sectores Públicos Provinciales y Municipales y diseñar y operar un sistema de información sobre la gestión financiera de las Provincias y Municipios que permita su integración a las cuentas nacionales.
7.- Efectuar la evaluación y seguimiento de los sistemas financieros de los Estados Provinciales, su infraestructura productiva, los procesos de privatizaciones y desregulación y en general todo lo atinente al examen y resolución de las cuestiones objeto de controversia en el campo económico, financiero y/o fiscal entre la Nación y las Provincias.
8.- Coordinar todo lo atinente a opciones de cooperación y asistencia nacional e internacional, bilaterales y multilaterales, disponibles para las provincias y municipios en apoyo de sus políticas y acciones fiscales, económicas y financieras.
9.- Celebrar convenios con las Provincias, Municipios y/u otras entidades para el desarrollo e implementación de los programas y acciones de su competencia.
10.- Ofrecer asistencia técnica a las provincias, en la formulación de programas de desarrollo regional.
11.- Participar con los organismos correspondientes en la instrumentación de lo vinculado con el régimen de coparticipación federal.
12.- Participar en el seguimiento y control de la aplicación de la normativa vigente en materia de coparticipación de impuestos o de regímenes especiales de transferencia de recursos nacionales a las provincias.
SECRETARIA DE COORDINACION
OBJETIVOS
1.- Dirigir y coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo de la jurisdicción, y fiscalizar el desarrollo de las mismas en sus organismos descentralizados.
2.- Intervenir en la elaboración de todos los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas y resoluciones vinculadas con las actividades sustantivas de la jurisdicción.
3.- Coordinar la aplicación de políticas administrativas y financieras en la jurisdicción ministerial.
4.- Coordinar la política de recursos humanos, organización, sistemas administrativos e informáticos y sumarios administrativos-disciplinarios.
5.- Elaborar y supervisar la ejecución de las políticas inherentes al sostenimiento de las relaciones institucionales del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, tanto con las diversas áreas de la Administración Pública Nacional, el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y el PODER JUDICIAL DE LA NACION, como con los diferentes sectores del ámbito público y privado.
6.- Coordinar la aplicación de las medidas destinadas a lograr la normalización patrimonial del sector público nacional.
7.- Coordinar la dirección y la unificación de la representación de todos los organismos y empresas del ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, cuando correspondiere, en los procedimientos regidos por la Ley Nº 24.522, incluyendo los procesos de saneamiento de los pasivos del sector privado de los que resulte acreedor el sector público.
8.- Coordinar lo vinculado a los procesos de reconversión empresaria y el saneamiento de sus pasivos respecto del Estado Nacional, en lo que es materia de su competencia.
9.- Dirigir la coordinación de las políticas y acciones que hacen al ejercicio de los derechos societarios de las participaciones accionarias o de capital en empresas donde el Estado Nacional sea socio minoritario, e instruir a los representantes del Estado Nacional en las citadas empresas, incluyendo las que estén en proceso de total privatización.
10.- Supervisar el desarrollo de los servicios de seguros y mercado de valores en función de las políticas de apertura externa y desregulación.
11.- Efectuar la coordinación de los aspectos administrativos de las relaciones con el BANCO DE LA NACION ARGENTINA, BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANONIMA y el BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD ANONIMA (BICE).
12.- Coordinar las relaciones entre la DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES, la COMISION NACIONAL DE VALORES, la CASA DE MONEDA SOCIEDAD DEL ESTADO y la SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION, y el PODER EJECUTIVO NACIONAL.
SECRETARIA DE COORDINACION
SUBSECRETARIA LEGAL
OBJETIVOS
1.- Coordinar el servicio jurídico y mantener ordenados los textos de la normativa vinculada con la actividad sustantiva de la jurisdicción, y supervisar el accionar de los servicios jurídicos pertenecientes a sus organismos descentralizados.
2.- Intervenir en todos los proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas con la actividad sustantiva de la jurisdicción.
3.- Intervenir en todos aquellos proyectos de leyes, decretos, decisiones administrativas o resoluciones que introduzcan o modifiquen normas vinculadas a la gestión empresaria y en resguardo de los intereses de la participación accionaria del Estado Nacional.
4.- Coordinar el control de los juicios de carácter contencioso en los que el MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS o sus entes descentralizados, sean parte.
SECRETARIA DE COORDINACION
SUBSECRETARIA DE ADMINISTRACION
OBJETIVOS
1.- Efectuar la compatibilización y coordinación administrativa de las áreas integrantes de la jurisdicción ministerial, ya sea centralizada o descentralizada, así como la planificación de las actividades de administración.
2.- Coordinar la aplicación de la política de recursos humanos, organización, sistemas administrativos e informáticos, la sustanciación de los sumarios administrativos-disciplinarios de la jurisdicción ministerial y el accionar del Centro de Documentación e Información.
3.- Coordinar la ejecución de los programas de propiedad participada y de racionalización de espacios físicos.
SECRETARIA DE COORDINACION
SUBSECRETARIA DE NORMALIZACION PATRIMONIAL
OBJETIVOS
1.- Coordinar las actividades prejudiciales tendientes al recupero de crédito a favor del TESORO NACIONAL.
2.- Coordinar la aplicación de los programas tendientes a la administración y liquidación de los bienes, derechos y obligaciones remanentes de las empresas o entidades que hayan sido privatizadas, disueltas o que dejen de operar por cualquier causa.
3.- Coordinar la aplicación del régimen de compensación de créditos y deudas entre el Sector Público Nacional y el Sector Privado, en el marco de las normas vigentes.
4.- Asistir en la dirección y la unificación de la representación de todos los organismos y empresas del ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, cuando correspondiere, en los procedimientos regidos por la Ley Nº 24.522, incluyendo los procesos de saneamiento de los pasivos del sector privado de los que resulte acreedor el sector público nacional.
5.- Ejecutar las acciones vinculadas a los procesos de reconversión empresaria y el saneamiento de sus pasivos respecto del Estado Nacional, en lo que es materia de su competencia.
SECRETARIA DE COORDINACION
SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES
OBJETIVOS
1.- Asistir en la elaboración y coordinar la ejecución de las políticas inherentes al sostenimiento de las relaciones institucionales del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, tanto con las diversas áreas de la Administración Pública, el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y el PODER JUDICIAL DE LA NACION, como con los diferentes sectores del ámbito público y privado.
SECRETARIA DE COORDINACION
SUBSECRETARIA DE BANCOS Y SEGUROS
OBJETIVOS
1.- Ejecutar las políticas relativas al desarrollo de los servicios de seguros y mercado de valores.
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