SECRETARIA GENERAL

Rango Decreto
Publicación 2016-08-09
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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SECRETARÍA GENERAL

Decreto 920/2016

Designación.

Buenos Aires, 08/08/2016

VISTO el Expediente CUDAP N° S01:0208786/2016 del registro de la

SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la Ley N° 27.198,

los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus

modificatorios, 151 del 17 de diciembre de 2015, 227 del 20 de enero de

2016, las Decisiones Administrativas Nº 221 del 1 de septiembre de 2009

y Nº 73 del 5 de marzo de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.198 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2016.

Que mediante la Decisión Administrativa Nº 221/09 se creó en la órbita

de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el PROGRAMA FÚTBOL PARA TODOS,

con la finalidad de coordinar y articular la transmisión y explotación

comercial de la televisación de los Torneos de Fútbol Argentino para la

REPÚBLICA ARGENTINA y el exterior, organizados por la ASOCIACIÓN DEL

FÚTBOL ARGENTINO.

Que por el artículo 2° de la citada Decisión Administrativa, modificada

por su similar Nº 73/12 se estableció que el PROGRAMA FUTBOL PARA TODOS

será coordinado por un Coordinador y un Secretario Ejecutivo, ambos de

carácter extraescalafonario, designados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL

y con rango y jerarquía de Subsecretarios.

Que mediante el Decreto Nº 151/15 se transfirió el Programa “Futbol

para Todos” y sus unidades organizativas dependientes, desde la órbita

de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a la órbita de la SECRETARÍA

GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que, asimismo, por el Decreto N° 227/16 se delimitaron las competencias

de los señores Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros y Secretarios

de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que, en dicho sentido, el mencionado Decreto estableció, en su artículo

1°, que: “Toda designación, asignación de funciones, promoción y

reincorporación de personal, en el ámbito de la Administración Pública

Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de rango y

jerarquía inferior a Subsecretario, que corresponda a cargos de la

dotación de su planta permanente y transitoria y cargos

extraescalafonarios, correspondiente a los cargos vacantes y

financiados con la correspondiente partida presupuestaria de

conformidad a las estructuras jurisdiccionales aprobadas será efectuada

por el señor Jefe de Gabinete de Ministros, a propuesta de la

Jurisdicción o Entidad correspondiente”.

Que la norma citada dispone en su artículo 2°: “Exceptúase de lo

dispuesto en el artículo anterior, a las jurisdicciones y unidades

organizativas dependientes de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN”.

Que la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN solicita la

cobertura del cargo vacante financiado de Secretario Ejecutivo del

Programa FÚTBOL PARA TODOS de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA

DE LA NACIÓN, con rango y jerarquía de Subsecretario.

Que ha tomado intervención la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES LABORALES Y

FORTALECIMIENTO DEL SERVICIO CIVIL dependiente del MINISTERIO DE

MODERNIZACIÓN.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE

ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS LEGALES de la

SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que el cargo cuya designación se propicia, no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones

conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCIÓN

NACIONAL y por lo dispuesto en el artículo 3° del Decreto N° 227/16.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º — Desígnase, a partir del 18 de diciembre de 2015, al señor

José Andrés ALADRO (D.N.I. N° 20.295.629), en el cargo

extraescalafonario de Secretario Ejecutivo del Programa FÚTBOL PARA

TODOS de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, con

rango y jerarquía de Subsecretario.

ARTÍCULO 2º — Incorpórase con carácter de excepción, el cargo citado en

el artículo 1º de la presente medida, en los artículos 1º, 2º y 3º, así

como en el inciso c) de la Planilla Anexa al artículo 1º de la Decisión

Administrativa Nº 477 del 16 de septiembre de 1998 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 3º — El gasto que demande el cumplimiento de la presente

medida será atendido con cargo a las partidas específicas del

presupuesto vigente de la Jurisdicción 20 - 01 SECRETARÍA GENERAL de la

PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña.

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