CONTRATOS

Rango Decreto
Publicación 2012-06-29
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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CONTRATOS

Decreto 931/2012

**Apruébase el Modelo de Contrato de

Préstamo BID AR-L 1122, a celebrarse entre la República Argentina y el

Banco Interamericano de Desarrollo, destinado a financiar parcialmente

el “Segundo Programa de Agua Potable y Saneamiento del Area

Metropolitana de la Ciudad de Buenos Aires y del Conurbano Bonaerense”.**

Bs. As., 21/6/2012

VISTO el Expediente Nº S01:0463392/2011 del Registro del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el Modelo de Contrato de Préstamo BID

AR-L 1122, propuesto para ser suscripto entre la REPUBLICA ARGENTINA y

el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L 1122, el BANCO

INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se compromete a asistir

financieramente a la REPUBLICA ARGENTINA a fin de cooperar en la

ejecución del “Segundo Programa de Agua Potable y Saneamiento del Area

Metropolitana de la Ciudad de Buenos Aires y del Conurbano Bonaerense”

por un monto de hasta DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MILLONES (U$S

200.000.000).

Que el objetivo del citado programa es “mejorar y ampliar los servicios

de agua potable y saneamiento en el área metropolitana de la Ciudad de

Buenos Aires y en el Conurbano Bonaerense”.

Que para la ejecución del referido programa se desarrollarán TRES (3)

componentes: (i) “la renovación y rehabilitación de los sistemas de

producción y distribución de agua potable”; (ii) “obras de expansión de

los servicios de recolección y tratamiento de aguas residuales”; y

(iii) “el fortalecimiento institucional en las áreas de sistemas,

capacitación, adquisiciones y medio ambiente”.

Que la ejecución del mencionado programa y la utilización de los

recursos del financiamiento serán llevadas a cabo por la empresa AGUA y

SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. (AySA), denominado en adelante “Organismo

Ejecutor”.

Que la formalización de esta operación requiere que la REPUBLICA

ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, suscriba el Contrato de

Préstamo BID AR-L 1122, así como toda otra documentación relacionada

con la operatoria de dicho préstamo.

Que en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de

Economía y Finanzas Públicas para que, en nombre y representación de la

REPUBLICA ARGENTINA, suscriba el Contrato de Préstamo BID AR-L 1122 y

acuerde las modificaciones que sean convenientes para su ejecución.

Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de

interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de

Préstamo propuesto para ser suscripto son los usuales que se pactan en

este tipo de contratos y resultan adecuados a los propósitos y

objetivos a los que será destinado el Contrato de Préstamo BID AR-L

1122.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE

ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por el

artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, los artículos 57 y

60 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control

del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificaciones, y el

artículo 40 de la Ley Nº 11.672 Complementaria Permanente de

Presupuesto (t.o. 2005).

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Apruébase el

Modelo de Contrato de Préstamo BID AR-L 1122 a celebrarse entre la

REPUBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por

un monto de DOLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MILLONES (U$S

200.000.000), destinado a financiar parcialmente el “Segundo Programa

de Agua Potable y Saneamiento del Area Metropolitana de la Ciudad de

Buenos Aires y del Conurbano Bonaerense”, que consta de las

Estipulaciones Especiales integradas por SIETE (7) capítulos, de las

Normas Generales integradas por NUEVE (9) capítulos y UN (1) Anexo

único, cuyas copias autenticadas forman parte del presente decreto como

Anexo I. Asimismo, forman parte integrante de la presente medida, como

Anexos II y III, las copias autenticadas de las “Políticas para la

Adquisición de Bienes y Obras Financiados por el Banco Interamericano

de Desarrollo” y las “Políticas para la Selección y Contratación de

Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo”,

ambas correspondientes a la edición del mes de marzo de 2011.

Art. 2° — Facúltase al señor

Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o

funcionarios que el mismo designe a suscribir, en nombre y

representación de la REPUBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID

AR-L 1122 y su documentación adicional, conforme al modelo que se

aprueba por el artículo 1° del presente decreto.

Art. 3° — Facúltase al señor

Ministro de Economía y Finanzas Públicas, o al funcionario o

funcionarios que el mismo designe a convenir y suscribir, en nombre y

representación de la REPUBLICA ARGENTINA, modificaciones al Contrato de

Préstamo BID AR-L 1122, cuyo modelo se aprueba por el artículo 1° de la

presente medida, siempre que las mismas no constituyan cambios

sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un

incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento

arbitral pactado.

Art. 4° — Desígnase a la

empresa AGUA y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. (AySA), como Organismo

Ejecutor del “Segundo Programa de Agua Potable y Saneamiento del Area

Metropolitana de la Ciudad de Buenos Aires y del Conurbano Bonaerense”,

quedando facultada para realizar todas las operaciones y contrataciones

necesarias para la ejecución del mismo, conforme las normas y

procedimientos contenidos en el Modelo de Contrato de Préstamo que se

aprueba por el artículo 1° de la presente medida.

Art. 5° — Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Hernán G.

Lorenzino. — Julio M. De Vido.


NOTA: Los Anexos no se publican. La documentación no publicada puede

ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha

767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en www.boletinoficial.gob.ar

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.