← Texto vigente · Historial

COMISIONES

Texto vigente a fecha 1970-01-02

COMISIONES

Decreto 933/94

Créase la Comsión de Aplicación del Derecho Internacional Humanitario. Integración.

Bs. As; 16/694

VISTO la ratificación de la República Argentina de las Convenciones de

Ginebra de 1949 y de los Protocolos Adicionales de 1977, mediante las

Leyes Nros. 14.467 y 23.379, respectivamente, y

CONSIDERANDO:

Que la aplicación efectiva de las disposiciones de estos TRATADOS DE

DERECHO HUMANITARIO, requiere la adopción de medidas jurídicas de

carácter legislativo y reglamentario en el ámbito interno de los

Estados.

Que los citados instrumentos internacionales establecen la obligación

para los Estados Partes de adoptar, desde la paz, las medidas

necesarias que aseguren su observancia.

Que el COMITE INTERNACIONAL DE LA CRUZ ROJA ha venido realizando, sobre

el particular, numerosas gestiones ante los Estados, las CONFERENCIAS

INTERNACIONALES DE LA CRUZ ROJA y las SOCIEDADES NACIONALES, recordando

la fundamental importancia de las medidas nacionales de aplicación para

la vigencia efectiva de las normas del DERECHO INTERNACIONAL

HUMANITARIO.

Que en el Seminario sobre la implementación del DERECHO INTERNACIONAL

HUMANITARIO en la República Argentina celebrado en el Consejo Argentino

para las Relaciones Internacionales el 28 de mayo de 1992, entre las

propuestas aprobadas, una se refiere a la creación de una COMISION

INTERMINISTERIAL de aplicación del referido DERECHO.

Que sobre la base de tales consideraciones y precedentes, se estima

conveniente la constitución de una COMISION TECNICA integrada por

representantes de los MINISTERIOS con competencia en la materia, con el

objeto de efectuar estudios y proponer las medidas conducentes a la

aplicación efectiva, enseñanza y difusión del DERECHO INTERNACIONAL

HUMANITARIO.

Que en uso de las facultades conferidas por el artículo 86, inciso 1)

de la CONSTITUCION NACIONAL, el PODER EJECUTIVO NACIONAL puede dictar

la presente medida.

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° —

Créase la COMISION DE APLICACION DEL DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO

con el objeto de efectuar estudios y proponer las medidas que considere

conveniente para:

a)

La aplicación y puesta en práctica del DERECHO INTERNACIONAL

HUMANITARIO a través de normas de orden legislativo o reglamentario y

medidas que garanticen la vigencia de los referidos tratados.

b)

La enseñanza y la difusión de las normas de DERECHO INTERNACIONAL HUMANITARIO vigentes en la República Argentina.

Art. 2° —

La COMISION estará integrada por DOS (2) representantes del MINISTERIO

DE DEFENSA, DOS (2) representantes del MINISTERIO DEL INTERIOR, DOS (2)

representantes del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO

INTERNACIONAL Y CULTO, y DOS (2) representantes del MINISTERIO DE

JUSTICIA. Dichos representantes pertenecerán al personal de los

MINISTERIOS respectivos y su desempeño no ocasionará gasto adicional

alguno al Estado Nacional.

Art. 3° — La SECRETARIA de la COMISION funcionará en la SECRETARIA DE ASUNTOS MILITARES del MINISTERIO DE DEFENSA.

Los estudios y medidas que se proyecten serán elevados por la

SECRETARIA DE LA COMISION a los MINISTERIOS y SECRETARIAS DE LA

PRESIDENCIA DE LA NACION que correspondan según la materia, para su

aprobación y consecuente redacción y tramitación de los proyectos de

Leyes, Decretos, Resoluciones o Directivas que sean necesarios para su

instrumentación legal definitiva.

Art. 4° — En un plazo de NOVENTA (90) días, a partir del presente, la COMISION dictará su propio Reglamento.

Art. 5° —Comuníquese,

publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y

archívese. MENEM -Oscar H. Camilión. - Jorge L. Maiorano.- Guido

Di Tella. - Carlos F. Ruckauf.