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MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

Texto vigente a fecha 1970-01-02

MINISTERIO DEL INTERIOR¿ Y TRANSPORTE

Decreto 936/2013

**Dase por designado el Director Nacional de Vías Navegables de la

Subsecretaría de Puertos y Vías Navegables de la Secretaría de

Transporte.**

Bs. As., 15/7/2013

VISTO el Expediente Nº S02:0011954/2012 del registro del MINISTERIO DEL

INTERIOR Y TRANSPORTE, las Leyes Nº 26.728 y Nº 26.784, los Decretos Nº

491 del 12 de marzo de 2002, Nº 601 del 11 de abril de 2002 y Nº 2098

del 3 de diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley Nº 26.728 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2012.

Que por la Ley Nº 26.784 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2013.

Que los artículos 7° de las mencionadas Leyes establecen que las

Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional no

podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de

su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha,

salvo decisión fundada del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS o del PODER

EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de las disposiciones de los artículos 10

de las aludidas Leyes.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos,

que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración

Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente

y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a

propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.

Que el MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE solicita la designación

transitoria del Dr. D. José Aníbal DIAZ (D.N.I. Nº 11.622.243) en el

cargo de DIRECTOR NACIONAL DE VIAS NAVEGABLES (Nivel A, Grado 0, F.E.

II) de la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES, dependiente de la

SECRETARIA DE TRANSPORTE del citado Ministerio, a fin de asegurar el

cumplimiento de los objetivos asignados a dicha dependencia.

Que corresponde autorizar el pago de la Función Ejecutiva

correspondiente, de acuerdo con lo normado en el SISTEMA NACIONAL DE

EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo

Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098/08.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes

del artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y del artículo 1°

del Decreto Nº 491/02 y lo dispuesto por los artículos 7° y 10 de la

Ley Nº 26.728, y 7° y 10 de la Ley Nº 26.784.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Dase por

designado con carácter transitorio en la Planta Permanente del

MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, a partir del 1° de septiembre de

2012 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a

partir del dictado de la presente medida, en el cargo de DIRECTOR

NACIONAL DE VIAS NAVEGABLES (Nivel A, Grado 0, F.E. II) de la

SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES, dependiente de la

SECRETARIA DE TRANSPORTE, al Dr. D. José Aníbal DIAZ (D.N.I. Nº

11.622.243), con autorización excepcional por no reunir los requisitos

mínimos establecidos en el artículo 14, Título II, Capítulo III del

SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio

Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098 del 3

de diciembre de 2008, y a lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº

26.728 y el artículo 7° de la Ley Nº 26.784, y autorizándose el

correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel II.

Art. 2° — El cargo mencionado

deberá ser cubierto conforme a los requisitos y sistemas de selección

vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II,

Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO

(SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial

homologado por el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, en el

término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del

dictado de la presente medida.

Art. 3° — El gasto que demande

el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las

partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 30 -

MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

Art. 4° — Comuníquese,

publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y

archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F.

Randazzo.