CONSEJERO -ENTIDAD BINACIONAL YACYRETA-

Rango Decreto
Publicación 1998-08-18
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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ENTIDAD BINACIONAL YACYRETA

Decreto 939/98

**Acéptase la renuncia del Consejero nombrado por el Gobierno

argentino en la citada Entidad Binacional. Desígnase a

su reemplazante.**

Bs. As., 12/8/98

B.O: 18/08/98

VISTO el Expediente Nº 750-003314/98 del Registro del MINISTERIO

DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 28 de julio de 1998, el Ingeniero Marcelo Eduardo

SPERMAN presentó su renuncia al cargo de Consejero nombrado

por el Gobierno argentino en la ENTIDAD BINACIONAL YACYRETA, para

el que había sido designado por Decreto Nº 1082 del 13 de

octubre de 1997.

Que frente a la vacancia definitiva del cargo de Consejero y por

aplicación de lo previsto en el Artículo 9º

del Estatuto de la ENTIDAD BINACIONAL YACYRETA obrante como Anexo

"A" del Tratado de Yacyretá aprobado por Ley

Nº 20.646, corresponde que el Gobierno argentino designe

al reemplazante que ejercerá el mandato por el plazo restante

y desde el 1º de septiembre de 1997.

Que para tales funciones y en mérito a sus antecedentes,

se ha propuesto al Doctor Marcos REBASA (L.E. Nº 4.425.764),

quien acredita idoneidad suficiente para el ejercicio del cargo.

Que ha tomado intervención la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS

JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para dictar

el presente acto en virtud de lo dispuesto por el Artículo

9º del Estatuto de la ENTIDAD BINACIONAL YACYRETA.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º-Acéptase la renuncia presentada

por el Ingeniero Marcelo Eduardo SPERMAN (DNI Nº 10.446.447)

al cargo de Consejero nombrado por el Gobierno argentino en la

ENTIDAD BINACIONAL YACYRETA.

Art. 2º-Desígnase en reemplazo del Ingeniero

Marcelo Eduardo SPERMAN al Doctor Marcos REBASA (L.E. Nº

4.425.764), quien desempeñará el cargo hasta la

expiración del periodo del mandato originario.

Art. 3º-Notifíquese a los funcionarios mencionados

en los Artículos precedentes.

Art. 4º-Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-

MENEM.- Roque B. Fernández.

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