DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Rango Decreto
Publicación 2013-10-18
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
artículos 3

ASIGNASE LA SUMA DE PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000) AL REGIMIENTO DE GRANADEROS A CABALLO 'GENERAL DON JOSE DE SAN MARTIN' PARA SATISFACER LOS REQUERIMIENTOS QUE, EN CONCEPTO DE CORTESIA Y HOMENAJE, DEBERAN CUMPLIMENTARSE EN EL TRANSCURSO DEL PRESENTE EJERCICIO ECONOMICO-FINANCIERO.

Historial de reformas JSON API

DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS

Decreto S 939/1980

Bs. As., 8/5/1980

VISTO el decreto número 694 de fecha 23 de marzo de 1979, por el cual

se asignó al Regimiento de Granaderos a Caballo “General don José de

SAN MARTIN” la suma de PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000.-) para

atender gastos de cortesía y homenaje durante dicho año, y

CONSIDERANDO:

Que el importe precedentemente mencionado resulta insuficiente para

afrontar similares compromisos durante el corriente ejercicio, debido a

la incidencia de los mayores costos.

Que al respecto y como se viene haciendo todos los años es

imprescindible asegurar a dicho Regimiento los recursos financieros

necesarios para que el mismo pueda hacer frente a los gastos derivados

de los actos protocolares que le competen en su carácter de formación

Escolta del Primer Mandatario de la Nación.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° —Asígnase la suma

de PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000) al Regimiento de Granaderos a

Caballo “General don José de SAN MARTIN” para satisfacer los

requerimientos que, en concepto de cortesía y homenaje, deberán

cumplimentarse en el transcurso del presente ejercicio

económico-financiero.

Art. 2° — El gasto que demande

el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, será

atendido con cargo a la partida correspondiente del presupuesto de la

Jurisdicción 20 - Presidencia de la Nación - Programa 001 - Conducción

Nacional.

Art. 3° — Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — VIDELA.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de InfoLEG, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. InfoLEG
CC-BY 4.0 (atribución obligatoria a SAIJ)
Datos legislativos provistos por el Ministerio de Justicia de la República Argentina a través de la Dirección Nacional del Sistema Argentino de Información Jurídica (SAIJ). Publicados en https://datos.jus.gob.ar bajo licencia Creative Commons Atribución 4.0 Internacional.