DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
Decreto S 9480/1967
Bs. As., 28/12/1967
VISTO: el proyecto de Reglamentación de la Ley Orgánica para el
Personal Civil de la Secretaría de Informaciones de Estado y de los
Servicios de Inteligencia de las Fuerzas Armadas, elevado para su
aprobación; y
CONSIDERANDO:
que con el mismo se da cumplimiento a lo establecido en el artículo 19º
de la precitada Ley Orgánica Nº 17.112 “S” de fecha 11 de enero de 1967;
Por ello:
En uso de las atribuciones Conferidas por el Artículo 5º del Estatuto de la Revolución Argentina,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º — Apruébase con
carácter “SECRETO” la adjunta Reglamentación de la Ley Orgánica para el
Personal Civil de la Secretaría de Informaciones de Estado y de los
Servicios de Inteligencia de las Fuerzas Armadas, compuesta de: Indice,
cincuenta y tres (53) fojas útiles y cuatro (4) anexos.
Art. 2º — El presente Decreto
será refrendado por los señores Ministros Secretarios de Estado en los
Departamentos de Defensa y Economía y Trabajo, y firmado por los
señores Comandantes en Jefe del Ejército y de Aeronáutica, el señor
Comandante de Operaciones Navales y el Señor Secretario de Estado de
Hacienda.
Art. 3º — El presente Decreto es clasificado de “SECRETO”, regístrese y archívese en la Secretaría de Informaciones de Estado. — ONGANIA.
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser
consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767
- Ciudad Autónoma de Buenos Aires).
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.