EXENCION DE GRAVAMENES

Rango Decreto
Publicación 1997-09-23
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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EXENCION DE GRAVAMENES

Decreto 950/97

**Exímese del pago del derecho de importación y

de más tributos a los productos originarios y procedentes

de los países participantes en el evento "Hospitalaria

97, 3ª Feria Internacional de Productos, Equipos y Servicios

para el Sector de la Salud".**

Bs. As., 18/9/97

B.O: 23/9/97

VISTO el Expediente Nº 061 -000789/97 del Registro del MINISTERIO

DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO

Que la firma MERCOFERIAS S.R.L. solicita la exención del

pago del derecho de importación y demás tributos

que gravan la importación para consumo de los alimentos,

folletos impresos, material publicitario, afiches, otras formas

de propaganda y elementos de construcción y decoración

de stands, originarios y procedentes de los países participantes

en el evento "HOSPITALARIA '97, 3ª FERIA INTERNACIONAL

DE PRODUCTOS. EQUIPOS Y SERVICIOS PARA EL SECTOR DE LA SALUD",

a realizarse en el predio Centro Costa Salguero de la Ciudad de

BUENOS AIRES (REPUBLICA ARGENTINA), del 9 al 12 de octubre de

1997.

Que la realización de esta muestra acrecentará el

intercambio tecnológico, comercial y cultural de nuestro

país con los demás países participantes.

Que el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE ECONOMIA

Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la debida intervención,

opinando que la medida propuesta resulta legalmente viable.

Que el presente decreto se dicta en uso de las facultades conferidas

al PODER EJECUTIVO NACIONAL, por el artículo 5º, inciso

5º inciso s), de la Ley Nº 20.545 incorporado por su

similar Nº 21.450 y mantenido por el artículo 4º

de la Ley Nº 22.792 en lo que hace a la exención de

los tributos que gravan a la importación para consumo.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA

Artículo 1º-Exímese del pago del derecho

de importación, del impuesto al valor agregado, de los

impuestos internos, de tasas por servicios portuarios, estadística

y comprobación de destino, que gravan la importación

para consumo de los alimentos, folletos, material publicitario,

afiches, otras formas de propaganda y elementos de construcción

y decoración de stands, originarios y procedentes de los

países participantes en el evento "HOSPITALARIA '97,

3ª FERIA INTERNACIONAL DE PRODUCTOS, EQUIPOS Y SERVICIOS

PARA EL SECTOR DE LA SALUD", a realizarse en el predio Centro

Costa Salguero de la Ciudad de BUENOS AIRES (REPUBLICA ARGENTINA)

del 9 al 12 de octubre de 1997, para su exhibición y/u

obsequio en la mencionada muestra, por un monto máximo

de DOLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (U$S 5.000) por país

participante, tomando como base de cálculo valores FOB.

Art. 2º-Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge

A. Rodríguez.-Roque B. Fernández.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.