CONTRATOS
CONTRATOS
Decreto 99/2025
DECTO-2025-99-APN-PTE - Aprobación.
Ciudad de Buenos Aires, 14/02/2025
VISTO el Expediente N° EX-2025-01414104-APN-DGDA#MEC y el Modelo de
Contrato de Préstamo BID N°AR-L 1410 propuesto para ser suscripto entre
la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° AR-L 1410 el
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se compromete a asistir
financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA con el fin de cooperar en la
ejecución del Proyecto de “Apoyo a la Sostenibilidad y Equidad del
Transporte Público”, por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES
SETECIENTOS MILLONES (USD 700.000.000).
Que el objetivo general del citado Proyecto consiste en apoyar la
accesibilidad sostenible en transporte público de la población
vulnerable a servicios públicos de salud y educación y a mercados de
trabajo.
Que los objetivos específicos del mencionado Proyecto son: (i) apoyar
la asequibilidad del Transporte Público Automotor para la población
vulnerable en Argentina; y (ii) mejorar la sostenibilidad del sistema
de Transporte Público Automotor en el Área Metropolitana de Buenos
Aires.
Que el referido Proyecto se desarrollará a través de DOS (2)
Componentes: Subsidios focalizados, el cual se divide en Tarifa social
federal y Boleto integrado; y Fortalecimiento institucional.
Que la ejecución del Proyecto y la utilización de los recursos del
financiamiento serán llevadas a cabo por el MINISTERIO DE ECONOMÍA a
través de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE, que actuará como área sustantiva
con responsabilidad primaria en la materia, y de la SECRETARÍA LEGAL Y
ADMINISTRATIVA que actuará como responsable del área de coordinación
administrativa.
Que la formalización de esta operación requiere que la REPÚBLICA
ARGENTINA, en su carácter de Prestataria y por intermedio del
MINISTERIO DE ECONOMÍA suscriba el Contrato de Préstamo BID N° AR-L
1410, así como toda otra documentación relacionada con la operatoria de
dicho Préstamo.
Que, en virtud de ello, corresponde facultar al señor Ministro de
Economía y/o en su ausencia al señor Secretario de Finanzas para que,
en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, suscriban el
Contrato de Préstamo BID N° AR-L 1410.
Que, asimismo, corresponde facultar al señor Ministro de Economía para
que acuerde las modificaciones que sean convenientes para la ejecución
del Proyecto de “Apoyo a la Sostenibilidad y Equidad del Transporte
Público”, siempre y cuando no constituyan cambios sustanciales al
objeto y destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto
o una alteración en el procedimiento arbitral pactado.
Que las condiciones generales, los plazos de amortización, las tasas de
interés y demás cláusulas contenidas en el Modelo de Contrato de
Préstamo BID N° AR-L 1410 propuesto para ser suscripto, son los usuales
que se pactan en este tipo de contratos y resultan adecuados a los
propósitos y objetivos para los que será destinado el mencionado
Préstamo.
Que han tomado la intervención de su competencia los servicios jurídicos permanentes del MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y
53 de la Ley N° 11.672 Complementaria Permanente de Presupuesto (t.o.
2014).
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Apruébase el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° AR-L
1410 a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO
INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) por un monto de hasta DÓLARES
ESTADOUNIDENSES SETECIENTOS MILLONES (USD 700.000.000), destinado a
financiar el Proyecto de “Apoyo a la Sostenibilidad y Equidad del
Transporte Público” que como ANEXO I (IF-2025-06136627-APN-SSRFI#MEC)
forma parte integrante del presente decreto. Asimismo, forman parte
integrante de la presente medida como ANEXO II
(IF-2025-06136519-APN-SSRFI#MEC) las “Políticas para la Selección y
Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de
Desarrollo” y como ANEXO III (IF-2025-06136483-APN-SSRFI#MEC) las
“Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por el
Banco Interamericano de Desarrollo”.
ARTÍCULO 2°.- Facúltase al señor Ministro de Economía, o al funcionario
o a los funcionarios que este designe, y/o en su ausencia al señor
Secretario de Finanzas a suscribir, en nombre y representación de la
REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID N° AR-L 1410 y su
documentación adicional, conforme al Modelo que se aprueba en el
artículo 1° del presente decreto.
ARTÍCULO 3°.- Facúltase al señor Ministro de Economía, o al funcionario
o a los funcionarios que este designe, a convenir y suscribir, en
nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, modificaciones al
Contrato de Préstamo BID N° AR-L 1410, cuyo Modelo se aprueba por el
artículo 1° de esta medida, siempre que no constituyan cambios
sustanciales en el objeto o destino de los fondos ni deriven en un
incremento de su monto o introduzcan modificaciones al procedimiento
arbitral pactado.
ARTÍCULO 4°.- Desígnase como “Organismo Ejecutor” del Proyecto de
“Apoyo a la Sostenibilidad y Equidad del Transporte Público” al
MINISTERIO DE ECONOMÍA a través de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE, que
actuará como área sustantiva con responsabilidad primaria en la
materia, y de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA que actuará como
responsable del área de coordinación administrativa.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Guillermo Francos - Luis Andres Caputo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 17/02/2025 N° 8675/25 v. 17/02/2025
(*Nota
Infoleg:**
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.