EMBAJADAS

Rango Decreto-Ley
Publicación 1956-02-27
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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ELEVANSE A EMBAJADAS DIVERSAS REPRESENTACIONES DIPLOMATICAS

Decreto-Ley 1.113/1956

Bs. As., 23 de enero de 1956

VISTO: Lo informado por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y,

CONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 960 M. 19 de 25 de enero de 1955, el Poder Ejecutivo

de la Nación resolvió elevar a Embajada la categoría de la

representación diplomática permanente de la República de Turquía, a

título de reciprocidad;

Que el proyecto de ley correspondiente, que fuera elevado a

consideración del Poder Legislativo Nacional no alcanzó a tener la

necesaria sanción legal;

**El Presidente Provisional de la Nación Argentina, en Ejercicio del Poder Legislativo, Decreta con fuerza de

Ley:**

Artículo 1° - Ratifícase desde la fecha de su dictado el decreto del

Poder Ejecutivo Nacional 960 M. 19 del 25 de enero de 1955, por el que

se dispone elevar a la categoría de Embajada la Representación

diplomática permanente de la República en la República de Turquía, a

título de reciprocidad.

Art. 2° - Dése cuenta oportunamente al Honorable Congreso de la Nación.

Art. 3° - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección General del Registro Nacional y archívese.

ARAMBURU. - Isaac Rojas. - Luis A. podestá Costa. - Julio A. Krause. - Teodoro Hartung. - Arturo Ossorio Arana.

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