TRATADOS INTERNACIONALES

Rango Decreto-Ley
Publicación 1944-05-19
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
artículos 2

RATIFIQUESE EL ACUERDO RELATIVO AL SERVICIO DE VAGONES POSTALES ENTRE BUENOS AIRES Y ASUNCION Y VICEVERSA, FIRMADO ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA DEL PARAGUAY EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES EL 15 DE DICIEMBRE DE 1943 POR LOS PLENIPOTENCIARIOS DE UNA Y OTRA PARTE, DEBIDAMENTE AUTORIZADOS AL EFECTO.

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TRATADO

MUNISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

DECRETO-LEY N.º 11.548

**Ratificando el Acuerdo relativo al

servicio de vagones postales entre Buenos Aires y Asunción y viceversa,

firmado entre la República Argentina y la República del Paraguay en la

ciudad de Buenos Aires el 15 de diciembre de 1943.**

Buenos Aires, mayo 3 de 1944.

11.548. - 134.- Habiéndose aprobado el 21 de diciembre de 1943, el

Acuerdo firmado con la República del Paraguay, relativo al servicio de

vagones postales entre Buenos Aires y Asunción y viceversa;

Visto lo aconsejado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Relaciones Exteriores y Culto; y

CONSIDERANDO:

La necesidad de estrechar aún más si cabe, los vínculos existentes con la República del Paraguay,

El Presidente de la Nación Argentina, en Acuerdo General de Ministros-

DECRETA:

Artículo 1.º - Ratifíquese el Acuerdo relativo al servicio de vagones

postales entre Buenos Aires y Asunción y viceversa, firmado entre la

República Argentina y la República del Paraguay en la ciudad de Buenos

Aires el 15 de diciembre de 1943 por los Plenipotenciarios de una y

otra Parte, debidamente autorizados al efecto.

Art. 2.º - Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, dése al Registro Nacional y archívese.

FARRELL.- Diego I. Mason. -

Luis C. Perlinger. - Juan Perón. -

César Ameghino. - A. Teisaire. -

J. Pistarini.

| FARRELL.- Diego I. Mason. -

Luis C. Perlinger. - Juan Perón. -

César Ameghino. - A. Teisaire. -

J. Pistarini.

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