TRATADOS INTERNACIONALES
RATIFIQUESE EL ACUERDO RELATIVO AL SERVICIO DE VAGONES POSTALES ENTRE BUENOS AIRES Y ASUNCION Y VICEVERSA, FIRMADO ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA DEL PARAGUAY EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES EL 15 DE DICIEMBRE DE 1943 POR LOS PLENIPOTENCIARIOS DE UNA Y OTRA PARTE, DEBIDAMENTE AUTORIZADOS AL EFECTO.
TRATADO
MUNISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
DECRETO-LEY N.º 11.548
**Ratificando el Acuerdo relativo al
servicio de vagones postales entre Buenos Aires y Asunción y viceversa,
firmado entre la República Argentina y la República del Paraguay en la
ciudad de Buenos Aires el 15 de diciembre de 1943.**
Buenos Aires, mayo 3 de 1944.
11.548. - 134.- Habiéndose aprobado el 21 de diciembre de 1943, el
Acuerdo firmado con la República del Paraguay, relativo al servicio de
vagones postales entre Buenos Aires y Asunción y viceversa;
Visto lo aconsejado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Relaciones Exteriores y Culto; y
CONSIDERANDO:
La necesidad de estrechar aún más si cabe, los vínculos existentes con la República del Paraguay,
El Presidente de la Nación Argentina, en Acuerdo General de Ministros-
DECRETA:
Artículo 1.º - Ratifíquese el Acuerdo relativo al servicio de vagones
postales entre Buenos Aires y Asunción y viceversa, firmado entre la
República Argentina y la República del Paraguay en la ciudad de Buenos
Aires el 15 de diciembre de 1943 por los Plenipotenciarios de una y
otra Parte, debidamente autorizados al efecto.
Art. 2.º - Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, dése al Registro Nacional y archívese.
FARRELL.- Diego I. Mason. -
Luis C. Perlinger. - Juan Perón. -
César Ameghino. - A. Teisaire. -
J. Pistarini.
| FARRELL.- Diego I. Mason. -
Luis C. Perlinger. - Juan Perón. -
César Ameghino. - A. Teisaire. -
| J. Pistarini. |
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