TRATADOS INTERNACIONALES

Rango Decreto-Ley
Publicación 1949-12-15
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
artículos 4

ADHIERESE A LA 1A Y 4A PARTES DE LA CONVENCION INTERAMERICANA DE RADIOCOMUNICACIONES FIRMADA EN LA HABANA EL 13 DE DICIEMBRE DE 1937.

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TRATADO

DECRETO-LEY N° 13.531/1945

Adhiriendo a la 1ay 4apartes de la Convención Interamericana de Radiocomunicaciones.

Buenos Aires, 22 de junio de 1945.

El Presidente de la Nación Argentina, en Acuerdo General de Ministros,

Decreta:

Artículo 1° - Adhiérese a la 1a y 4a partes de la Convención Interamericana de Radiocomunicaciones firmada en La Habana el 13 de diciembre de 1937.

Art. 2° - Apruébase el Acuerdo

Interamericano de Radiocomunicaciones, (Revisión Santiago de Chile,

1940) firmado por los delegados argentinos el 26 de enero de 1940.

Art. 3° -Comuníquese oportunamente al Honorable Congreso de la Nación.

Art. 4° -Comuníquese a los

gobiernos de Cuba y de Chile, respectivamente, por intermedio del

Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, publíquese en el Boletín

Oficial, dése al Registro Nacional y archívese.

FARRELL

**César Ameghino. - Ceferino Alonso

Irigoyen. - Juan Perón. - Alberto Teisaire. - Antonio J. Benítez. -

Juan Pistariní. - Amaro Avalos.**

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