JUSTICIA

Rango Decreto-Ley
Publicación 1956-08-30
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
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JUSTICIA

DECRETO-LEY Nº 15.244

Créase un Nuevo Juzgado Nacional en San Martín (Bs. As.)

Buenos Aires, 22 de agosto de 1956.

VISTO, que por Ley Nº 14.291 se creó en la Provincia de Buenos Aires el

Juzgado Nacional de Primera Instancia con asiento en la ciudad de San

Martín, con jurisdicción en los partidos de General Sarmiento, Tigre,

Marcos Paz, Matanza, Merlo, Moreno, Morón, San Fernando, San Isidro,

San Martín y Vicente López, y

CONSIDERANDO:

Que dicho Tribunal resulta insuficiente para la atención normal de las

causas que se hallan a su cargo, dada la extensión e importancia de la

zona de su competencia;

Que se hace de impostergable necesidad la creación de un nuevo Juzgado

Nacional con igual asiento y competencia territorial a fin de coadyuvar

en sus tareas al existente y, de esta manera, lograr mayor eficiencia

en los trámites judiciales;

Que por Decreto número 8.314 fue suprimido el Juzgado Nacional de

Primera Instancia en la Provincia de La Pampa con asiento en General

Pico;

Que es oportuno disponer el traslado del personal e instalaciones del

ex Juzgado Nacional de Primera Instancia de General Pico (Provincia de

La Pampa) y del Ministerio Público ante ese Juzgado al Tribunal a

crearse, evitando de esta manera incurrir en nuevas erogaciones, dado

que no acrecería la asignación presupuestaria;

Por ello,

El Presidente Provisional de la Nación Argentina en Ejercicio del Poder Legislativo, Decreta con fuerza de

LEY:

Artículo 1º - En lo sucesivo, el actual Juzgado Nacional de Primera

Instancia de la Ciudad de San Martín (Provincia de Buenos Aires) se

denominará "Juzgado Nacional de Primera Instancia Nº 1 de San Martín

(Provincia de Buenos Aires)".

Art. 2º - Créase el Juzgado Nacional de Primera Instancia N.2 con

asiento en la Ciudad de San Martín (Provincia de Buenos Aires) con

igual competencia territorial a la asignada al Juzgado Nacional de

Primera Instancia N.1 de la misma Ciudad y provincia.

Art. 3º - Trasládase el personal, bienes y elementos pertenecientes al

ex Juzgado Nacional de Primera Instancia de General Pico (Provincia de

La Pampa) y al Ministerio Público ante dicho Tribunal para cumplir

idénticas funciones, al Juzgado Nacional de Primera Instancia Nº 2 que

se crea por el presente Decreto-Ley.

Art. 4º - Este Decreto-Ley será refrendado por el Excmo. señor

Vicepresidente Provisional de la Nación y los señores Ministros

Secretarios de Estado en los Departamentos de Educación y Justicia,

Ejército, Marina y Aeronáutica.

Art. 5º - Anótese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección General del Boletín Oficial y archívese.

ARAMBURU - Isaac Rojas - Carlos A. Adrogué - Arturo Ossorio Arana - Teodoro Hartung - Julio C. Krause -

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