EMPLEADOS PUBLICOS

Rango Decreto-Ley
Publicación 1944-01-15
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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Decreto Ley 16.674/43

PAGO DEL JORNAL A PERSONAL DEL ESTADO QUE TRABAJE DIAS FERIADOS.

BUENOS AIRES, 16 de diciembre de 1943

ARTICULO 1. - Liquídese al personal a jornal de la Administración nacional, el salario que le corresponda percibir en los días que se decreten feriados y que se encuentren comprendidos en la jurisdicción que rija su parte dispositiva
ARTICULO 2. - Comuníquese, etc. -

RAMIREZ - Farrell - Perlinger - Martinez Zuviria - Ameghino - Mason Peron -

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