DERECHOS DE IMPORTACION
Decreto Ley 35.760/44
FRANQUICIAS ADUANERAS PARA FOLLETOS Y CATALOGOS COMERCIALES CHILENOS.
BUENOS AIRES, 30 de diciembre de 1944
ARTICULO 1. - Declárase libre de derechos de importación y adicionales la introducción de folletos y catálogos comerciales referentes a artículos chilenos que tengan por objeto describir las mercaderías, dar indicaciones sobre el uso o indicar precios, aun cuando dichos folletos y catálogos contengan avisos de reclame.
ARTICULO 2. - Comuníquese,etc.
FARRELL - Ameghino - Peluffo - Peron - Teisaire - Etcheverry Boneo - Pistarini
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.