SERVICIO EXTERIOR
DECRETO-LEY Nº 4.494
Elévase a la Categoría de Embajada la Representación Diplomática en la Confederación Suiza.
Bs. As., 30 de abril de 1957.
VISTO: Las convesaciones preliminares mantenidas y las excelentes
relaciones amistosas entre los pueblos y los Gobiernos de la República
Argentina y la Confederación Suiza, y
CONSIDERANDO:
Que la elevación de categoría de la Representación de la República en
la Confederación Suiza, a título de reciprocidad, producirá un
acrecentamiento de los vinculos existentes entre ambos Estados y
redundará en beneficio de los sentimientos de amistad y comprensión que
unen a los pueblos y Gobiernos de los dos países.
El Presidente Provisional de la Nación Argentina, en Ejercicio del Poder Legislativo, Decreta con Fuerza de
Ley:
Artículo 1º - Elévase a la
categoría de Embajada la representación diplomática permanente de la
República en la Confederación Suiza, a título de reciprocidad.
Art. 2º - Los gastos que
origine el cumplimiento del presente Decreto-Ley se atenderán con los
créditos ordinarios previstos en el presupuesto general de la Nación
para el Anexo 2 - Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.
Art. 3º- El presente
Decreto-Ley será refrendado por Su Excelencia el señor Vicepresidente
Provisional de la Nación y Sus Excelencias los señores Ministros
Secretarios de Estado en los Departamentos de Relaciones Exteriores y
Culto, Ejército, Marina, Aeronáutica y Hacienda.
Art. 4º- Comuníquese, dése a la Dirección General del Boletín Oficial, publíquese y archívese.
ARAMBURU. - Isaac Rojas. - Alfonso de Laferrére. - Artro Osorio
Arana. - Teodoro Hartung. - Eduardo F. Mc Loughlin. - Adalberto Krieger
Vasena.
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