COMERCIO EXTERIOR
OBLIGATORIEDAD DE INSCRIPCION EN ENVASES DE GRANOS DE EXPORTACION.
Decreto Ley 6.176/43
OBLIGATORIEDAD DE INSCRIPCION EN ENVASES DE GRANOS DE EXPORTACION.
BUENOS AIRES, 24 de agost0 de 1943
ARTICULO 1. - Todos los envases de arpillera, de algodón o de cualquier otra clase de tejido que se utilicen para la exportación de granos, deberán llevar impresa, con tipo de letra bien visible y en lugar destacado, la inscripción "Producción Argentina". La presente disposición entrará en vigor a los 90 días de la fecha del presente Decreto.
ARTICULO 2. - Comuníquese, etc.
RAMIREZ - Mason - Gilbert - Storni - Santamarina - Anaya - Farrell - Sueyro - Galíndez -
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