RATIFICASE EL DECRETO N° 20.627-56
DEC-LEY N° 8.301
Bs. As., 19/7/57.
ATENTO lo aconsejado por el Ministro Secretario de Estado en el Departamento de Educación y Justicia y a los efectos de la interpretación del Artículo 150 y concordantes del Estatuto del Docente, aprobado por Decreto-Ley N° 16.767, del 11 de setiembre de 1956.
El Presidente Provisional de la Nación Argentina,
en Ejercicio del Poder Legislativo,
Decreta con Fuerza de
Ley: