PRESUPUESTO 1998

Rango DNU
Publicación 1998-09-23
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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PRESUPUESTO

Decreto 1089/98

**Amplíase el Presupuesto de la Administración

Nacional para el Ejercicio 1998 destinado al funcionamiento del

Hospital "Profesor Alejandro Posadas", la Colonia "Dr.

Manuel A. Montes de Oca" y el Instituto de Rehabilitación

Psicofísica del Sur.**

Bs. As., 18/9/98.

B. O.: 23/09/98.

VISTO el expediente N° 2002-11.642/98-7 del registro del

MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL, la Ley N° 24.938 y la

Decisión Administrativa N° 6 del 6 de enero de 1998,

y

CONSIDERANDO:

Que por la citada Ley se aprobó el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION

NACIONAL para el ejercicio 1998.

Que dicha norma presupuestaria estableció en su artículo

50 un aporte de PESOS VEINTE MILLONES ($ 20.000.000) con destino

a solventar los gastos del HOSPITAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS",

la COLONIA "DR. MANUEL A. MONTES DE OCA" y el INSTITUTO

DE REHABILITACION PSICOFISICA DEL SUR, hasta el 30 de junio del

año en curso.

Que, conforme lo informado por el MINISTERIO DE SALUD Y ACCION

SOCIAL, dichos créditos resultaron insuficientes para afrontar

las erogaciones imprescindibles para el buen funcionamiento de

las entidades mencionadas durante el período que la Ley

N° 24.938 prevé.

Que es preciso adoptar medidas urgentes a los efectos de asegurar

los créditos que garanticen el normal funcionamiento de

estos servicios asistenciales hasta el 31 de diciembre del corriente

año.

Que a los fines de solucionar la situación descripta el

Jefe de Gabinete de Ministros envió al HONORABLE CONGRESO

DE LA NACION, el 13 de julio próximo pasado, el Mensaje

N° 365 proponiendo la ampliación del PRESUPUESTO NACIONAL

en la suma de PESOS VEINTIOCHO MILLONES DOSCIENTOS DIEZ MIL ($

28.210.000) con destino a los establecimientos aludidos.

Que la norma propuesta no ha sido sancionada hasta el presente.

Que la carencia de créditos presupuestarios origina, en

los organismos en cuestión, una situación crítica

de tal magnitud que impide no sólo contar con los insumos

necesarios sino también el pago de salarios al personal

de los mismos.

Que resulta necesario, a tal fin, el dictado de una norma de carácter

legislativo que amplíe el PRESUPUESTO DE LA ADMINISTRACION

NACIONAL en la suma citada precedentemente.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE

SALUD Y ACCION SOCIAL ha tomado la intervención de su competencia.

Que el presente se dicta en ACUERDO GENERAL DE MINISTROS y en

uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inc.

3), de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

Artículo 1°-Amplíase el PRESUPUESTO

DE LA ADMINISTRACION NACIONAL para el Ejercicio 1998 destinado

al funcionamiento del HOSPITAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS",

la COLONIA "DR. MANUEL A. MONTES DE OCA" y el INSTITUTO

DE REHABILITACION PSICOFISCA DEL SUR, de acuerdo con el detalle

de las planillas anexas al presente artículo, que forman

parte integrante del mismo.

Art. 2°-Para la atención del incremento del

presupuesto por el artículo anterior, amplíase la

autorización conferida por el artículo 6° de

la Ley 24.938 en la suma de PESOS VEINTIOCHO MILLONES DOSCIENTOS

DIEZ MIL ($ 28.210.000.-) de conformidad con lo dispuesto por

el artículo 60 de la Ley 24.156, y autorízase a

la SECRETARIA DE HACIENDA, dependiente del MINISTERIO DE ECONOMIA

Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, a realizar operaciones de crédito

público por el monto, especificaciones y destinos indicados

en la planilla anexa al presente artículo, que forma parte

integrante del mismo.

Art. 3°-Dése cuenta al HONORABLE CONGRESO

DE LA NACION en virtud de lo dispuesto por el artículo

99, inciso 3) de la CONSTITUCION NACIONAL.

Art. 4°-Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

B. Fernández. - Carlos V. Corach. - Susana B. Decibe. -

Jorge Domínguez. - Raúl E. Granillo Ocampo. - Antonio

E. González.

NOTA: Este decreto se publica sin planillas anexas. La

documentación no publicada puede ser consultada en la Sede

Central del Boletín Oficial (Suipacha 767, Capital

Federal).

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.