PRIVATIZACIONES

Rango DNU
Publicación 1992-09-11
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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PRIVATIZACIONES

Decreto 1652/92

Modificación del Decreto Nº 1144/92.

Bs. As. 7/9/92

VISTO el Decreto Nº 1144/92 de convocatoria al Concurso-Subasta para la privatización de SOMISA.

CONSIDERANDO:

Que es conveniente sustituir por "ACEROS PARANA S.A." el nombre de la sociedad creada por Decreto N° 1144/92 para evitar conflictos con terceros que hubieran registrado dicha denominación inmediatamente antes de la promulgación del decreto referido y para otorgar una connotación geográfica al nuevo ente a ser privatizado.

Que es conveniente, además, disponer la corrección de errores u omisiones materiales en el texto del Decreto N° 1144/92 del 8 de Julio de1992.

Que el presente se dicta en ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 86 inciso 1 de la Constitución Nacional y el artículo 101 del Reglamento Nacional de Procedimientos Administrativos - Decreto N° 1759/72 (t. o. 1991) .

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Sustitúyese por ACEROS PARANA S. A. el nombre de la sociedad anónima creada por el Decreto N° 1144/92 a todos los efectos previstos en dicho Decreto.
Art. 2° — Agréguese la conjunción "y" después de las palabras "... mediante los actos y procedimientos previstos en este artículo..." - y antes de las palabras "... en el artículo 13 de este decreto..." en el segundo párrafo del artículo 11 del Decreto N° 1144/92, debiendo leerse dicho párrafo de la forma que sigue:

"Ninguna deuda que por sus características, elementos, o naturaleza estuviera excluida de las categorías definidas en los numerales a) y b) antes indicados podrá ser o entender haber sido transferida a, o asumida, por ACEROS PARANA S. A., mediante los actos y procedimientos previstos en este artículo y en el artículo 13 de este decreto como formando parte de la unidad de negocios a que se refiere dicho artículo 13".

Art. 3° — Dése cuenta al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y comuníquese a la COMISION BICAMERAL, creada en virtud del artículo 14 de la Ley N° 23.696 a los efectos previstos en dicha Ley.
Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. - MENEM. — Antonio E. González.

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.