OBRAS PUBLICAS

Rango DNU
Publicación 2000-02-29
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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OBRAS PUBLICAS

Decreto 176/2000

**Transfiérense diversos programas acordados con el

Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y el Banco Interamericano de

Desarrollo al Ministerio de Infraestructura y Vivienda y en su totalidad el

programa presupuestario “Provisión de Agua Potable, Ayuda Social y Saneamiento

Básico” al Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente. Modifícanse la

estructura programática y el presupuesto de la Administración Nacional para el

ejercicio 2000.**

Bs.

As., 29/2/2000

VISTO

la Ley Nº 25.233, el Decreto Nº 20 de fecha 13 de diciembre de 1999 y el

Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2000, aprobado por

Ley Nº 25.237, y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 1 del 12 de

enero de 2000, y

CONSIDERANDO

Que la

Ley Nº 25.233 modificó, en ciertos aspectos, la Ley de Ministerios hasta

entonces en vigor, en atención a las nuevas necesidades que debe encarar el

Gobierno Nacional.

Que en

virtud de dicha normativa, se dictó el Decreto Nº 20 del 13 de diciembre de

1999, por el cual se estableció la conformación organizativa y los objetivos de

las Secretarías y Subsecretarías que dependen de la PRESIDENCIA DE LA NACION,

de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de los distintos Ministerios.

Que a

fin de lograr consistencia en la nueva estructura organizativa del MINISTERIO

DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA y para que ésta se adecúe a las políticas fijadas

por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, se torna indispensable readecuar las acciones

asignadas con anterioridad a otras jurisdicciones de la Administración Pública

Nacional, sobre la base de la distribución de competencias que surgen de la

actual Ley de Ministerios.

Que en

el nuevo contexto de la Administración Pública Nacional, se han atribuido al

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA competencias específicas en materia

hídrica, de infraestructura vial, de viviendas y de obras públicas.

Que

existen programas de crédito internacional que corresponden a las áreas de

competencia del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA que aún permanecen en

las jurisdicciones originales.

Que el

Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2000 distribuido

por la Decisión Administrativa Nº 1 del 12 de enero de 2000, asignó los

Programas BIRF 4093 Programa de Caminos Provinciales, BIRF 4117 Programa de

Protección contra las inundaciones, BIRF 4273 Proyecto de Emergencias de

Inundaciones “El Niño”, al MINISTERIO DEL INTERIOR y deben ser transferidos al

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.

Que la

Jurisdicción 25 —Jefatura de Gabinete de Ministros tiene dentro de sus créditos

el Programa BID 1118/OC— Programa de Emergencia para la recuperación de las

Zonas afectadas por las Inundaciones que corresponde transferir al MINISTERIO

DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.

Que asimismo

el Programa de Financiamiento a Municipios (Préstamos BIRF 3860/AR, BID 830/OC,

y BID 932/SF) correspondiente a la jurisdicción 85 — MINISTERIO DE DESARROLLO

SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE, debe transferirse también al MINISTERIO DE

INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.

Que con

igual criterio debe transferirse al MlNISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO

AMBIENTE el Programa Presupuestario “Provisión de Agua Potable, Ayuda Social y

Saneamiento Básico (PROPASA)”, actualmente incluido en la Jurisdicción 55 —

Ministerio de Infraestructura y Vivienda.

Que

como consecuencia de lo expresado en los considerandos anteriores, resulta

necesario modificar el presupuesto vigente de la Administración Nacional,

adecuar las respectivas aperturas programáticas y disponer la transferencia de

los bienes patrimoniales correspondientes.

Que la

presente medida se dicta en uso de las facultades emanadas de los artículos 20

(1º párrafo) y 26 de la Ley Nº 25.237 y el inciso 3) del artículo 99 de la

CONSTITUCION NACIONAL.

Por

ello,

EL

PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º— Transfiérense los

programas, BIRF 4093 Programa de Caminos Provinciales, BIRF 4117 Programa de

Protección contra las Inundaciones, y BIRF 4273 Proyecto de Emergencias de

Inundaciones “El Niño” actualmente en Jurisdicción del MINISTERIO DEL INTERIOR,

al MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.

Art. 2º— Transfiérese el Programa BID

1118/ OC incluido en la Jurisdicción 25 Jefatura de Gabinete de Ministros al

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.

Art. 3º— Transfiérese el Programa de

Financiamiento a Municipios (BIRF 3860/AR, BID 830/OC-AR, y BID 932/SF-AR) al

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA.

Art. 4º— Transfiérese en su totalidad

al MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE el Programa Presupuestario

“Provisión de Agua Potable, Ayuda Social y Saneamiento Básico (PROPASA)”,

actualmente incluido en la Jurisdicción 55 — Ministerio de Infraestructura y

Vivienda.

Art. 5º— Modifícase la estructura

programática de la Administración Nacional de acuerdo con el detalle obrante en

la planilla anexa al presente artículo.

Art. 6º— Como consecuencia de lo

dispuesto en los artículos anteriores modifícase el Presupuesto de la

Administración Nacional para el Ejercicio 2000 de acuerdo con el detalle de las

planillas anexas al presente artículo.

Art. 7º— Mantiénese en la Jurisdicción

85 — Ministerio de Desarrollo Social y Medio Ambiente el Programa BID 940/OC -

AR, Mejoramiento de Barrios.

Art. 8º— Comuníquese, publíquese, dése

a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. — DE LA RUA. —

Rodolfo H. Terragno. — Federico T. M. Storani. — Nicolás V. Gallo. — José L.

Machinea. — Rosa G. C. de Fernández Meijide.

NOTA:

Este Decreto se publica sin las planillas anexas. La documentación no publicada

puede ser consultada en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha

767 - Capital Federal).

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.