PRESUPUESTO ADMINISTRACION NACIONAL EJERCICIO 2010
PRESUPUESTO
Decreto 1798/2010
Modifícase el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2010.
Bs. As., 23/11/2010
VISTO el Presupuesto General de la Administración
Nacional para el Ejercicio 2010, aprobado por la Ley Nº 26.546 y
distribuido por la Decisión Administrativa Nº 2 de fecha 11 de enero de
2010, y
CONSIDERANDO:
Que resulta urgente incorporar los créditos para
atender gastos no contemplados en el presupuesto vigente,
principalmente, aquellos resultantes de la política salarial para el
personal dependiente del PODER EJECUTIVO NACIONAL, del PODER
LEGISLATIVO NACIONAL y del MINISTERIO PUBLICO, y de las prestaciones de
la seguridad social, como consecuencia de diversas normas dictadas con
posterioridad al envío del Proyecto de Ley de Presupuesto del año 2010
al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.
Que de no incorporarse los créditos referidos en el
considerando anterior, no sería posible sufragar los sueldos y salarios
de la Administración Pública Nacional, correspondientes a los meses de
noviembre y diciembre del presente año fiscal.
Que se considera imprescindible incrementar los
créditos para atender el normal funcionamiento de las distintas
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Pública Nacional así
como los programas de inversiones y transferencias, a fin de asegurar
la provisión de aquellos bienes y servicios que resulte indispensable
garantizar por su impacto social y su incidencia en la actividad
económica.
Que el aumento de las erogaciones proyectadas en la
presente medida será financiado con recursos del Tesoro Nacional,
propios y de afectación específica y fuentes financieras de las
Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional.
Que corresponde reforzar el presupuesto vigente de
la HONORABLE CAMARA DE SENADORES DE LA NACION y de la HONORABLE CAMARA
DE DIPUTADOS DE LA NACION, a efectos de complementar los créditos
otorgados mediante la Decisión Administrativa Nº 658 de fecha 10 de
septiembre de 2010, con el objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto
por el Artículo 87 de la Ley Nº 26.546.
Que, asimismo, se destinan fondos para la Comisión
Bicameral de Conmemoración de los Bicentenarios de la Revolución de
Mayo de 1810 y de la Declaración de la Independencia de 1816.
Que es menester incrementar los créditos de la
BIBLIOTECA DEL CONGRESO DE LA NACION con el objeto de financiar los
gastos del Primer Congreso Internacional Extraordinario de Ciencia
Política que tendrá lugar en la Provincia de San Juan, así como también
hacer frente a la culminación de la construcción del nuevo edificio de
la Biblioteca.
Que, adicionalmente, es necesario reforzar la planta
de personal de la PROCURACION GENERAL DE LA NACION del MINISTERIO
PUBLICO, en atención a las funciones asignadas por la Ley de
Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la
Equidad Electoral Nº 26.571.
Que se prevé una asignación para la AUTORIDAD
REGULATORIA NUCLEAR, organismo autárquico de la SECRETARIA GENERAL de
la PRESIDENCIA DE LA NACION, con el objeto de iniciar las acciones
destinadas a la adquisición de un nuevo edificio para desarrollar sus
actividades específicas, tendiente a solucionar los problemas
resultantes de compartir en la actualidad los mismos inmuebles donde
actúa la COMISION NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA, organismo
descentralizado del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION
PUBLICA Y SERVICIOS.
Que asimismo se incrementan los créditos destinados
a gastos de funcionamiento de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA
PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la
PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que resulta necesario incrementar los créditos
vigentes de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a
fin de afrontar los gastos inherentes a la creación del Canal Cultural.
Que, por su parte, los incrementos que se propician
para la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS tienen por objeto recomponer
los niveles de crédito destinados al Fondo Nacional para el
Enriquecimiento y la Conservación de los Bosques Nativos.
Que asimismo se incrementan los créditos en
Publicidad y Propaganda a fin de cubrir las erogaciones derivadas de la
realización de la Campaña de Prevención y Lucha contra el Dengue.
Que además resulta conveniente incorporar al
presupuesto vigente la mayor recaudación del ex COMITE FEDERAL DE
RADIODIFUSION, organismo descentralizado actuante en la órbita de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, exceptuándolo de efectuar el Aporte
al Tesoro Nacional dispuesto por el Artículo 9º de la Ley Nº 26.546 de
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2010.
Que como es de público conocimiento se ha declarado
de interés nacional la competencia "RALLY DAKAR 2011 ARGENTINACHILE",
cuya organización incluye acciones de apoyo logístico y de seguridad
imprescindibles para que dicho evento pueda llevarse a cabo.
Que en virtud del mayor gasto que conlleva el
desarrollo de las mencionadas acciones, resulta necesario otorgar el
financiamiento correspondiente a los organismos intervinientes en el
citado evento.
Que, por otra parte, se contempla un refuerzo
presupuestario para el MINISTERIO DEL INTERIOR y para el REGISTRO
NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo descentralizado actuante en el
ámbito del citado Ministerio, con el objeto de afrontar gastos
correspondientes a la provisión de insumos para la confección de los
nuevos Documentos Nacionales de Identidad.
Que, adicionalmente, en atención a lo dispuesto por
el Artículo 91 de la Ley Nº 26.546 se incluye un incremento de créditos
para el MINISTERIO DEL INTERIOR, destinado a la atención de gastos de
funcionamiento de la Federación Argentina de Municipios.
Que es necesario reforzar los créditos
presupuestarios del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO
INTERNACIONAL Y CULTO a fin de atender necesidades relacionadas con la
organización de la XX Cumbre Iberoamericana a celebrarse en la Ciudad
de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires, la reunión del Consejo de
Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la Unión de las Naciones
Sudamericanas (UNASUR), el funcionamiento de la Secretaría de la Unión
de las Naciones Sudamericanas (UNASUR), la organización de la Cumbre de
San Juan, y las transferencias a la Fundación Export-ar para la
ejecución del programa de Actividades Específicas de Promoción
Comercial.
Que además resulta pertinente atender el pago de
alquileres y otros conceptos de las representaciones argentinas en el
exterior, por lo cual se propicia incrementar los créditos del
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
financiados con la mayor recaudación proveniente de Rentas Consulares y
Recursos Tributarios, siendo necesario exceptuar a la citada
repartición de efectuar el Aporte al Tesoro Nacional establecido por el
Artículo 9º de la Ley Nº 26.546 de Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2010.
Que la COMISION NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES,
organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO debe incorporar a su
patrimonio los primeros elementos relacionados con la provisión de
vehículos lanzadores y servicios de lanzamiento para los satélites
SAOCOM 1A y 1B, que forman parte del Plan Espacial Nacional aprobado
por el Decreto Nº 532 de fecha 24 de mayo de 2005.
Que con la finalidad de proseguir con las acciones
que en materia de políticas antidiscriminatorias viene desarrollando el
Gobierno Nacional, se refuerza el presupuesto del INSTITUTO NACIONAL
CONTRA LA DISCRIMINACION, LA XENOFOBIA Y EL RACISMO, organismo
descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE JUSTICIA,
SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.
Que es menester incrementar el presupuesto vigente
de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, dependiente del MINISTERIO DE
JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, con el objeto de atender gastos
relativos a inversión real directa.
Que se refuerzan los créditos del MINISTERIO DE
JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS para permitir la continuidad en
la construcción de nuevos establecimientos de detención y para afrontar
gastos demandados por la implementación de Laboratorios Regionales de
Investigación Forense.
Que, adicionalmente, se incorporan en el MINISTERIO
DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, VEINTE (20) cargos a los
efectos de reforzar el plantel de recursos humanos correspondientes a
la UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, organismo descentralizado actuante
en su ámbito.
Que, asimismo, es necesario incrementar los fondos
destinados al SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, dependiente del
MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS para atender
gastos de funcionamiento de los establecimientos carcelarios.
Que el aumento del Salario Mínimo Vital y Móvil
impacta sobre las retribuciones de los internos que cumplen la pena
privativa de libertad y realizan trabajos remunerados, por cuyo motivo
es necesario incrementar los créditos del ENTE DE COOPERACION TECNICA Y
FINANCIERA del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL dependiente del
MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS.
Que resulta necesario modificar el presupuesto
vigente de la GENDARMERIA NACIONAL a efectos de incorporar un Aporte al
Tesoro Nacional en atención a la existencia de aportes adeudados del
año 2001.
Que se deben atender los gastos derivados de la
instalación de los sistemas de seguridad electrónica de las
guarniciones militares de Campo de Mayo y Córdoba a cargo del ESTADO
MAYOR GENERAL DEL EJERCITO.
Que resulta necesario atender las mayores
necesidades que surgen del contrato suscripto oportunamente entre el
ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA y Talleres Navales Dársena Norte
(TANDANOR) por la reparación y modernización del ROMPEHIELOS A.R.A
ALMIRANTE IRIZAR y los créditos del ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA
AEREA a fin de sustentar los niveles mínimos de aprovisionamiento de
combustible aeronáutico para cumplimentar las actividades
correspondientes a los vuelos de LADE, vuelos gubernamentales y de
ayuda humanitaria.
Que por otra parte se deben adicionar los créditos
destinados a realizar la inspección mayor de DOCE (12) años que se le
debe realizar a la aeronave BOMBARDIER LEARJET 60.
Que asimismo se deben incrementan las partidas
destinadas a atender los gastos bancarios derivados de la carta de
crédito correspondiente al contrato de compra de DOS (2) helicópteros
de transporte MI 171 E, con la empresa Federal Estatal Unitaria
"ROSOBORONEXPORT" de la FEDERACION DE RUSIA.
Que resulta necesario reforzar el presupuesto
vigente de la COMISION NACIONAL DE VALORES, organismo descentralizado
actuante en el ámbito de la SUBSECRETARIA DE SERVICIOS FINANCIEROS de
la SECRETARIA DE FINANZAS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
PUBLICAS, a efectos de afrontar el incremento en los haberes de los
profesionales que se desempeñan en la Entidad.
Que es menester elevar los créditos del TRIBUNAL
FISCAL DE LA NACION, organismo autárquico en el ámbito de la
SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS de la SECRETARIA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, a fin de atender sentencias
judiciales.
Que, también se incrementa el presupuesto del
INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL, organismo descentralizado
en la órbita del MINISTERIO DE INDUSTRIA, para atender erogaciones
correspondientes a su sistema de centros de investigación.
Que tales erogaciones se financian parcialmente con
una mayor estimación de Recursos Tributarios, siendo necesario
exceptuar a la repartición citada en el considerando precedente de
efectuar el aporte al Tesoro Nacional establecido por el Artículo 9º de
la Ley Nº 26.546 de Presupuesto General de la Administración Nacional
para el Ejercicio 2010.
Que en el caso del INSTITUTO NACIONAL DE LA
PROPIEDAD INDUSTRIAL, organismo descentralizado en el ámbito del
MINISTERIO DE INDUSTRIA, se disminuye el Aporte al Tesoro Nacional
dispuesto por el Artículo 24 de la Ley Nº 26.546, a efectos de atender
el mayor gasto producto de los incrementos salariales acordados.
Que es necesario reforzar los créditos vigentes del
MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, con el objeto de efectuar
transferencias en el marco del Programa de Economías Regionales.
Que el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,
INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS requiere incrementos en su presupuesto
para atender transferencias a empresas concesionarias del transporte
ferroviario, a empresas de transporte aerocomercial y a empresas de
servicios de transporte público de pasajeros por automotor; gastos en
inversión y seguridad ferroviaria y gastos derivados de la construcción
de la Central Termoeléctrica a Carbón Río Turbio; transferencias a la
COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD
ANONIMA (CAMMESA) para la importación de energía eléctrica y
combustibles para generación de energía.
Que asimismo, surge la necesidad de reforzar el
crédito vigente de ese Ministerio con destino al Programa Garrafa para
Todos, a fin de asegurar los pagos corrientes de las compensaciones
establecidas en la normativa vigente.
Que, por otra parte, resulta procedente atender
mayores gastos de implementación y puesta en marcha del Sistema Unico
de Boleto Electrónico (SUBE); las obras de infraestructura del Centro
Cultural del Bicentenario; las transferencias a la Autoridad de Cuenca
Matanza-Riachuelo (ACUMAR), al Ente Regulador de Agua y Saneamiento
(ERAS) y a la Agencia de Planificación (APLA); las transferencias para
el financiamiento de las obras de las líneas de alta tensión y
gasoductos y para el transporte de gas para usinas.
Que es menester incorporar transferencias a la Unión
Internacional de Telecomunicaciones, a fin de fortalecer el Programa
Nacional de la Sociedad de la Información.
Que se otorgan refuerzos de créditos a la Dirección
Nacional de Vialidad, organismo descentralizado en la órbita de la
SUBSECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS dependiente de la SECRETARIA DE OBRAS
PUBLICAS del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS para dar continuidad a los trabajos de construcción y
mantenimiento de rutas.
Que resulta necesario aumentar el presupuesto
vigente del ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS,
organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA DE TRANSPORTE
del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS,
a efectos de atender mayores gastos en el marco del Convenio de Ayuda
Mutua para la Prestación de Servicios de Emergencia en el Aeropuerto
Internacional Ministro Pistarini de Ezeiza.
Que el incremento propuesto para la COMISION
NACIONAL DE ENERGIA ATOMICA, organismo descentralizado actuante en la
órbita del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y
SERVICIOS, tiene por objeto atender la política salarial vigente y la
recomposición y reestructuración de su planta de personal, y financiar
proporcionalmente los gastos compartidos del edificio sede del
organismo mediante créditos cedidos por la AUTORIDAD REGULATORIA
NUCLEAR, organismo descentralizado actuante en la órbita de la
PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que, a su vez, se modifica el presupuesto de la
DIRECCION GENERAL DE FABRICACIONES MILITARES, dependiente del
MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS,
para atender gastos operativos e inversiones.
Que es menester incrementar los créditos del
ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS, organismo descentralizado
actuante en la órbita del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL,
INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a efectos de atender erogaciones
correspondientes a servicios técnicos y profesionales que hacen a la
normal operatoria del organismo.
Que en el caso del MINISTERIO DE EDUCACION se prevé
un incremento en sus créditos para atender los aumentos salariales del
personal docente, no docente y autoridades superiores de las
Universidades Nacionales, la implementación de lo dispuesto en el
segundo párrafo del Artículo 12 de la Ley Nº 26.546, el aporte a la
Municipalidad del Partido de General Pueyrredón de la Provincia de
Buenos Aires en cumplimiento de las cláusulas del Convenio Nº 421 de
fecha 20 de mayo de 2009, los Planes de Mejora de la Educación
Secundaria y los créditos correspondientes al FONDO NACIONAL DE
INCENTIVO DOCENTE.
Que corresponde modificar los créditos vigentes del
CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS (CONICET),
organismo descentralizado del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E
INNOVACION PRODUCTIVA, a efectos de atender los aumentos en las becas
de investigadores.
Que por el Decreto Nº 459 de fecha 6 de abril de 2010 se creó el "PROGRAMA CONECTAR IGUALDAD.COM.AR".
Que el Artículo 8º del decreto mencionado dispone la
creación del programa presupuestario que brindará asistencia financiera
al "PROGRAMA CONECTAR IGUALDAD. COM.AR" en el ámbito de la
ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
Que resulta necesario reforzar el presupuesto
vigente de la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, organismo
descentralizado del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, a
efectos de dar cumplimiento con los compromisos del mencionado programa.
Que por el Decreto Nº 1.602 de fecha 29 de octubre
de 2009 se creó el Subsistema No Contributivo de Asignación Universal
por Hijo para Protección Social a cargo de la ADMINISTRACION NACIONAL
DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
Que como consecuencia de lo expresado en el
considerando precedente resulta necesario incrementar los créditos
destinados a la atención de las asignaciones familiares a cargo de la
ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL.
Que por las Resoluciones Nros. 130 de fecha 23 de
febrero de 2010 y 651 de fecha 28 de julio de 2010 de la ADMINISTRACION
NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL se establece el valor de la movilidad
prevista en el Artículo 32 de la Ley Nº 24.241 en OCHO POR CIENTO CON
VEINTIUN CENTESIMOS (8,21%) para el mes de marzo de 2010 y DIECISEIS
POR CIENTO CON SESENTA Y NUEVE CENTESIMOS (16,69%) desde el mes de
septiembre de 2010, respectivamente.
Que la movilidad referida en el considerando
precedente resulta mayor a la prevista originalmente en la Ley Nº
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