DEUDA PUBLICA
DEUDA PUBLICA
Decreto 298/2010
Créase el Fondo del Desendeudamiento Argentino.
Créase, en el ámbito del Honorable Congreso de la Nación, la Comisión
Bicameral Permanente de Seguimiento de los Pagos de la Deuda.
Bs. As., 1/3/2010
VISTO y CONSIDERANDO:
Que con fecha 14 de Diciembre de 2009 se dictó el
Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 2010/09, que creaba el Fondo del
Bicentenario para el Desendeudamiento y la Estabilidad.
Que dicha norma se dictó de acuerdo a las plenas
facultades emergentes del artículo 99, incisos 1 y 3, de la
CONSTITUCION NACIONAL y de acuerdo a los artículos 2º, 19 y 20 de la
Ley Nº 26.122.
Que a pesar de las plenas facultades para el dictado
de la citada norma, y de estar justificado tanto la necesidad como la
urgencia de la disponibilidad de la integración del Fondo del
Bicentenario para el Desendeudamiento y la Estabilidad, la norma citada
fue objeto de un proceso de judicialización que terminó por frustrar
sus efectos en un evidente avance del Poder Judicial respecto de los
Poderes constitucionalmente investidos en el Poder Ejecutivo.
Que mediante el Decreto Nº 296/10 se derogó la norma que instituía el precitado Fondo.
Que sin embargo, las consideraciones efectuadas en
los considerandos del Decreto Nº 2010/09 siguen siendo absolutamente
válidas, y resultando imprescindible apuntalar el proceso de
desendeudamiento, a la vez que dar certeza en cuanto al cumplimiento de
las obligaciones de la República Argentina, continuando así el proceso
de normalización de la deuda pública en cesación de pagos, allanando el
camino para el cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Nº 26.547.
Que la incertidumbre sobre la capacidad y voluntad
de pago son la consecuencia trágica del default celebrado a fines del
2001 por las autoridades en aquel momento.
Que el proceso de endeudamiento, déficit fiscal
crónico, déficit comercial y políticas de ajuste permanente que se
impusieron a nuestro país en forma previa a la declaración del default
fueron las determinantes de este último.
Que en este marco, resulta necesario profundizar el
proceso de desendeudamiento iniciado en 2003, para permitir un mayor y
mejor acceso al financiamiento tanto para el sector público, como para
el sector privado.
Que de acuerdo a importantes estudios, la deuda
pública que se considera razonable es marcadamente menor en los países
en desarrollo que en las naciones industrializadas. La relación
deuda/PBI considerada aceptable para los países en desarrollo oscila en
torno al 35% del PBI, mientras que en algunos países con poco acceso al
crédito esa relación es mucho menor; producto de lo que se ha
denominado intolerancia a la deuda y que se manifiesta en las
dificultades que experimentan los mercados emergentes frente a niveles
de deuda que en países desarrollados serían considerados razonables.
Que la comprensión del fenómeno de la intolerancia a
la deuda es clave para determinar las tasas sostenibles de
endeudamiento, evaluar la conformación de la estructura de deuda, y las
mejores alternativas de cancelación de servicios de deuda.
Que la obtención de un mayor financiamiento a
menores tasas tanto para el sector público como para el sector privado
tiene por objeto garantizar el sostenimiento de la inversión pública y
privada, sostener el crecimiento de la economía, la creación de trabajo
decente y genuino, llevando adelante a su vez iniciativas con criterio
federal en etapas negativas del proceso económico.
Que los recursos necesarios a tal fin, tienen que
surgir de un uso más eficiente de las reservas del Banco Central de la
República Argentina, buscando obtener de ellas no sólo el respaldo a la
moneda, sino también la obtención de un mayor provecho para que
coadyuven al mayor desarrollo económico interno.
Que ello es posible porque a partir del año 2003 la
acumulación sin precedente de reservas internacionales por parte de los
países emergentes en general, y de la Argentina en particular, ha
generado un interrogante acerca de su nivel óptimo y su adecuada
utilización, específicamente la contribución que esos recursos pueden
tener en el crecimiento.
Que la acumulación de reservas internacionales
siempre ha estado asociada a un costo de oportunidad. Dicho costo puede
entenderse como la diferencia entre el rendimiento potencial de las
reservas si éstas fueran destinadas a la inversión en la economía real
o la cancelación de servicios de deuda y el retorno efectivamente
observado como consecuencia de la acumulación de activos.
Que respecto a la adecuada utilización de las
reservas internacionales, el punto central es que una economía en
desarrollo, como la República Argentina, estaría en parte sacrificando
crecimiento al mantener esos activos en el exterior con mínimo rédito,
sin aprovechamiento alguno en el ámbito interno.
Que, vale decirlo, durante la década de los noventa,
en el marco de una creciente integración económica impulsada por la
liberalización de los mercados financieros domésticos y del flujo
internacional de capitales, se sucedieron una serie de crisis
económico-financieras en diferentes países en desarrollo que alertaron
al gobierno argentino, a partir del año 2003, respecto de la urgencia e
importancia de diseñar una estrategia para prevenir el ciclo de ataques
especulativos —fugas de capital— crisis financiera, generando un cambio
estructural en la manera en cómo se acumulaban las reservas
internacionales.
Que el auxilio brindado en ocasión de dichas crisis
por los organismos multilaterales de crédito, especialmente por el
Fondo Monetario Internacional, tendió en la mayoría de los casos a
agravar los desequilibrios iniciales más que a revertirlos. La virtual
ausencia de un organismo multilateral con capacidad de asistir
efectivamente a los países en los momentos que requieren asistencia
financiera llevó a varios gobiernos de países en desarrollo, incluido
el nuestro, a adoptar políticas de auto-seguro.
Que estas políticas han dado buenos resultados,
especialmente en Argentina, que ha logrado obtener superávits a nivel
externo y fiscal simultáneamente por primera vez en más de medio siglo,
en el marco de un proceso de crecimiento sostenido con creación de
empleos y creciente inclusión social.
Que, sin embargo, uno de los efectos de la
propensión a autoasegurarse redunda en un flujo neto de capitales desde
el país que acumula reservas hacia los países desarrollados, dado que
la acumulación de reservas internacionales supone la formación de
activos externos emitidos por estos países. Así, en el contexto
internacional actual el ahorro excedente de los países en desarrollo en
general, y de la Argentina en particular, tiende a financiar el gasto
de las economías más desarrolladas.
Que, en suma, la estrategia precautoria —el seguro
para reducir la posibilidad de incurrir en una crisis financiera— se
estableció en los lineamientos de incrementar, tanto como se pudiese,
la liquidez a través de la acumulación de reservas internacionales.
Que en este sentido, uno de los objetivos de la
acumulación de activos internacionales —similar al de cualquier país en
desarrollo— fue tomar en cuenta no sólo los déficits anticipados en la
cuenta corriente de la balanza de pagos, sino también los riesgos de
liquidez provenientes de repentinos movimientos (léase fugas) de
capital, así también como estrategia para evitar la sobreapreciación
cambiaria. De tal forma, la liquidez y la seguridad han sido objetivos
primarios de la acumulación de reservas, mientras que la maximización
de rendimientos ha sido secundaria.
Que en suma, en esta primera etapa, se decidió
mantener activos internacionales por motivos de precaución y de
transacción, con la premisa de preservar la confianza en los mercados
tanto internos como externos respecto del cabal cumplimiento de las
obligaciones denominadas en moneda extranjera.
Que, en términos generales, un proceso combinado de
generación sistemática de superávits primarios, de mecanismos de
autoseguro (como los esquemas de prepago de deuda durante las fases de
auge o de reducción de las tasas de interés) y de mejoramiento de las
condiciones de financiamiento, parece ser el camino hacia un mayor
grado de sustentabilidad de la deuda pública.
Que ante los efectos de la dinámica de la deuda
pública en un entorno de bajo crecimiento y de crisis financiera
internacional, parece claro que para apuntalar la política de
desendeudamiento, además de los esfuerzos domésticos para generar
superávits primarios persistentes, son necesarios aportes sustantivos
de otras fuentes, como el exceso de reservas internacionales, para
procurar reducir el stock de deuda, mejorar el perfil de vencimientos,
y abaratar el costo financiero cuando corresponda.
Que la estrategia de acumulación de reservas no ha
venido siendo exclusiva de Argentina. Autoridades de otras economías
como México, Tailandia, Corea, Malasia, Filipinas, Indonesia, Brasil,
Turquía y Rusia adoptaron la acumulación de reservas como seguro.
Que tal fenómeno se dio en gran medida por la
entrada de divisas del saldo de comercio exterior, producto de una
mejora de los términos de intercambio, que crecieron entre 2003 y 2008
más de un 50%, alcanzando su nivel más alto en sesenta años. Desde
abril de 2001 se lleva acumulado un saldo comercial positivo de US$
112.158 millones (US$ 11.000 millones al año), que se vio potenciado a
partir de 2003.
Que las reservas internacionales se quintuplicaron
entre comienzos de 2003 y diciembre de 2009, pasando de US$ 8.245
millones a US$ 47.539 millones; aun a pesar de haber pagado con ellas
US$ 9.530 millones al Fondo Monetario Internacional a principios de
Como porcentaje del producto bruto interno, las reservas pasaron
de 9.5% a alrededor de 16.4% en el mismo período.
Que el rendimiento anual promedio ponderado obtenido
por la administración de las reservas internacionales del BCRA en el
período 2003- diciembre 2009 se ubicaría en orden al 3% en US$. En
particular, desde 2007 el rendimiento obtenido ha experimentado una
sensible baja llegando en la actualidad a menos del 0,5% anual.
Que, adicionalmente, cuando las autoridades
monetarias compran las divisas a los exportadores a través de la
emisión de letras o notas vía operaciones monetarias de esterilización,
la tasa de interés de dichos instrumentos serán mayores a la que recibe
de las reservas.
Que, por supuesto, la acumulación de activos
internacionales sin precedente no resulta gratuita. Diversos estudios
han estimado que el exceso de acumulación de reservas, definido por el
criterio del cociente de reservas internacionales a importaciones,
tiene asociado un costo de alrededor de 1% del PBI.
Que como lo demostró la crisis financiera mundial
reciente, a pesar de contar con abultadas reservas internacionales en
el BCRA, al Tesoro Nacional (al igual que el resto de los países
emergentes) no le facilitó el acceso al crédito a nivel internacional.
Por lo tanto, en la práctica, la acumulación excesiva de reservas en sí
mismo y sin utilización de dichos recursos en forma concreta, no lleva
necesariamente, en todos los escenarios posibles, a mejores condiciones
de crédito en los mercados externos.
Que si bien la acumulación de reservas
internacionales contribuye al crecimiento a través de la estabilidad
financiera, es decir, reduciendo la incidencia del ciclo ataques
especulativos-crisis financieras, tal acumulación puede resultar
demasiado onerosa si se lleva adelante muy por encima de niveles
óptimos, al –como se dijo— sub utilizar recursos.
Que ya a fines del año 2005 se llevó adelante
mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1599, ratificado por la
Ley Nº 26.076, y el Decreto Nº 1601 un uso de las reservas
internacionales de libre disponibilidad para apuntalar el proceso y la
política de desendeudamiento. En aquella oportunidad en relación con la
cancelación del endeudamiento ante el Fondo Monetario Internacional.
Dicha operación actuó como una muestra cabal de posibles esquemas de
financiamiento al sector público a través de la utilización de reservas
para fines específicos, coadyuvando a una mejora en la percepción de
los inversores.
Que cabe mencionar que otros países con reservas
internacionales que, a primera vista, parecen excesivas en relación con
sus necesidades inmediatas, como es el caso de China, Rusia y Japón han
comenzado a administrar las reservas de sus bancos centrales buscando
obtener de ellas mayor provecho, invirtiendo tanto en títulos públicos
como en acciones de capital privado, a los fines no solamente de
diversificar sus carteras, sino principalmente de coadyuvar al
desarrollo económico interno.
Que, asimismo, ante la reducción de las líneas de
financiamiento destinadas a exportaciones, el Banco Central de Brasil
decidió en marzo 2009 prestar reservas internacionales vía subastas
para ser utilizadas con este y otros fines por las empresas brasileras,
al tiempo que también se financiarán vencimientos de obligaciones
externas de las mismas con similares recursos, proveyendo así al
mercado con mayor liquidez en moneda extranjera.
Que en las condiciones actuales el uso acotado de
reservas no tendrá mayor impacto sobre la política monetaria, ni es
susceptible de lesionar el superávit cuasi fiscal, ni puede implicar un
deterioro en la calidad de la cartera de activos, que quedará más
indisolublemente ligada al desendeudamiento y fortalecimiento de
nuestra economía.
Que esos fueron los motivos que llevaron al dictado
del Decreto 2010/09 que así fue comprendido y recibido positivamente
por los mercados, impactando benéfica y prontamente en una disminución
del llamado "riesgo país", la consecuente disminución de tasas y el
fortalecimiento del valor de los bonos argentinos, efectos que fueron
diluyéndose en función de la judicialización que paralizara la puesta
en marcha del fondo que creaba.
Esta situación queda explicitada en el cuadro que
sigue, que a su vez muestra la situación de volatilidad que atraviesan
los mercados.
Evolución de los mercados
30/06/09 Inicio
31/12/10 Fdo. del Bicentenario
24/02/10 Efecto de la judicialización
Riesgo País
1062
660
826
Boden
12 246
348
331
Discount en pesos
72,5
112,0
86,3
Variaciones
efecto Fdo. Bicent.
efecto judicialización
Riesgo País
-37,9%
25,2%
Boden 12
41,5%
-4,9%
Discount en pesos
54,5%
-22,9%
Que tal experiencia debe además servir para advertir
que la judicialización de la política no es gratuita y que ha provocado
daño a los intereses del país.
Que en el corto lapso transcurrido entre el dictado
de aquel decreto y la fecha, los acontecimientos sumaron elementos
contundentes que ponen de manifiesto que es necesario actuar con
urgencia para evitar indeseables contagios.
Que en lo atinente a estas cuestiones, sólo basta
observar el debilitamiento de la llamada zona del euro y, en
particular, las vicisitudes atravesadas por economías como las de
Portugal, Italia, Grecia y España.
Que en ese marco, no poca importancia reviste la
reciente alerta enunciada por el titular del Fondo Monetario
Internacional respecto del riesgo de "burbujas" en países emergentes
que pueden, según él, detonar una nueva debacle.
Que, en conclusión, el exceso de reservas
internacionales surge como una fuente de recursos que, de ser
aprovechados estratégicamente, podrían promover el crecimiento e
incrementar la competitividad de la economía, mediante su utilización
para profundizar el proceso de desendeudamiento.
Que si estas acciones no se llevaran a cabo se
podrían constituir en un factor crucial que dificultaría el crecimiento
de importantes sectores económicos en el mediano y largo plazo.
Que dichas acciones, por supuesto, deben
instrumentarse en el contexto de una estrategia bien definida, donde
los recursos sean canalizados de tal manera que su efecto, y sus
beneficios en términos de cancelación de servicios de deuda, sean
maximizados.
Que así como resulta imperioso mantener la
estabilidad monetaria y financiera, condición necesaria para el normal
funcionamiento del mercado crediticio y financiamiento del sector
productivo, también resulta necesario —sin afectar la estabilidad
monetaria y financiera— llevar adelante políticas activas que permitan
aplicar los recursos disponibles para financiar el crecimiento
económico, resaltando al mismo tiempo tanto la capacidad como la
voluntad de pago que tiene la República respecto de sus compromisos.
Que, por ello, se crea el FONDO DEL DESENDEUDAMIENTO
ARGENTINO, cuyo objetivo es llevar adelante los pagos de la deuda
pública del Tesoro Nacional con vencimiento en el año 2010 con
tenedores privados, integrado por la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES
CUATRO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MILLONES (U$S 4.382.000.000), que
el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA transferirá al Tesoro
Nacional de las reservas de libre disponibilidad y será administrado
por el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.
Que la proyección a la fecha de los vencimientos
previsto para el ejercicio corriente en manos de tenedores privados
tiene la siguiente composición:
Préstamos garantizados (PGs)
U$S 531 millones
(Títulos emitidos durante los ejercicios 2001 y 2002 en el marco de la operación popularmente conocida como Megacanje.)
BODENes
U$S 2.592 millones
(Títulos originalmente emitidos para compensar la pesificación asimétrica.)
Descuento y Par
U$S 759 millones
(Bonos de la reestructuración de la deuda realizada en el 2005.)
BONAR
U$S 500 millones
(Canje de PGs realizado en el año 2009.)
Total tenedores privados
U$S 4.382 millones
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