PODER EJECUTIVO NACIONAL

Rango DNU
Publicación 2024-11-01
Estado Vigente
Departamento PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Fuente InfoLEG
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**PODER EJECUTIVO

Decreto 978/2024

DNU-2024-978-APN-PTE - Ejercicios “CRUZEX” y “VIEKAREN”. Autorización.**

Ciudad de Buenos Aires, 31/10/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-115981670-APN-SAID#MD y la Ley N° 25.880, y

CONSIDERANDO:

Que, oportunamente, se envió al H. CONGRESO DE LA NACIÓN para su

tratamiento el pertinente proyecto de ley tendiente a autorizar la

entrada de tropas extranjeras al territorio nacional y la salida fuera

de él de fuerzas nacionales, según corresponda, para participar en los

ejercicios contemplados en el Programa de Ejercitaciones Combinadas que

se detallan en sus Anexos, a realizarse durante el período comprendido

entre el 1° de septiembre de 2024 y el 31 agosto de 2025.

Que de acuerdo con el trámite parlamentario, el mencionado proyecto de

ley se encuentra con media sanción por parte de la H. CÁMARA DE

DIPUTADOS DE LA NACIÓN a la espera de su tratamiento por el H. SENADO

DE LA NACIÓN.

Que los Anexos del referido proyecto de ley identificados como ANEXO II

y como ANEXO XIII contienen, respectivamente, los ejercicios

denominados “CRUZEX” y “VIEKAREN”.

Que ambos ejercicios se vienen desarrollando anualmente con el

propósito de incrementar el adiestramiento combinado y la

interoperabilidad de las Fuerzas Armadas argentinas con las Fuerzas

Armadas de la REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL y de la REPÚBLICA DE

CHILE, y demás países intervinientes según sea el caso.

Que el Ejercicio “CRUZEX” se llevará a cabo en la Base Aérea de la

ciudad de NATAL, Estado de RÍO GRANDE DEL NORTE, REPÚBLICA FEDERATIVA

DEL BRASIL, entre los días 3 y 15 de noviembre del corriente año, razón

por la cual el desplazamiento del personal y material de dicha Fuerza,

prevista para participar del mismo, debe comenzar antes del próximo 1°

de noviembre para así poder arribar al área de operaciones a tiempo;

por cuanto en virtud de lo expresado resulta necesario autorizar la

salida del territorio nacional de medios y personal de fuerzas

nacionales.

Que el aludido Ejercicio “CRUZEX” ofrece una plataforma única para

integrar las operaciones aéreas argentinas con las de otras naciones

participantes, esto implica la adopción de protocolos de comunicación,

procedimientos tácticos y estructuras de comandos comunes, esenciales

para misiones combinadas eficaces, lo que ayuda a estandarizar los

procedimientos operativos, facilitando la participación de las Fuerzas

Armadas argentinas en futuras operaciones multinacionales.

Que al participar en el Ejercicio “CRUZEX”, la REPÚBLICA ARGENTINA se

involucrará con otras DIECISÉIS (16) naciones, fomentando las

relaciones diplomáticas y militares, las cuales son fundamentales para

la seguridad, el fomento de la confianza y la cooperación regional;

señalando su compromiso con la estabilidad regional y la seguridad

internacional, mejorando su reputación como socio confiable,

demostrando las capacidades de operaciones aéreas del país, sirviendo

como disuasión frente a posibles adversarios al mostrar preparación,

fortaleza y su compromiso con la defensa cooperativa, con una mejor

visibilidad en el escenario internacional.

Que el personal de la FUERZA AÉREA ARGENTINA aprenderá de las tácticas,

técnicas y procedimientos de otras Fuerzas Aéreas durante el Ejercicio

“CRUZEX”, fomentando el crecimiento profesional y mejorando la

efectividad operativa y, al participar activamente, se tiene la

posibilidad de posicionarse como líder en los esfuerzos de seguridad

regional, influyendo en decisiones políticas y estratégicas en las

Américas.

Que las habilidades obtenidas en las operaciones aéreas realizadas

durante el Ejercicio “CRUZEX” mejorarán la capacidad de la REPÚBLICA

ARGENTINA para velar por el cumplimiento de las leyes y regulaciones en

su jurisdicción aeroespacial, asunto crucial para mantener el orden y

la seguridad.

Que, sobre la base de lo señalado, deviene necesario autorizar la

salida del territorio nacional de medios y personal de fuerzas

nacionales para la participación en la Edición VIII del Ejercicio

“CRUZEX”.

Que, por su parte, el Ejercicio “VIEKAREN” tendrá lugar en el espacio

marítimo correspondiente al Canal Beagle, entre los días 4 y 10 de

noviembre del presente año, en virtud del acuerdo firmado entre las

Fuerzas Armadas de la REPÚBLICA ARGENTINA y de la REPÚBLICA DE CHILE,

en el marco de las celebraciones por el 40° aniversario del Tratado de

Paz y Amistad firmado entre ambas naciones, así como otros actos que se

realizarán conjuntamente en tal sentido.

Que el referido Ejercicio “VIEKAREN” se viene realizando anualmente

desde el año 1999, con el propósito de incrementar el adiestramiento

combinado y la interoperabilidad entre ambas Armadas, buscando mejorar

la capacidad de respuesta en operaciones frente a una emergencia en el

marco de la salvaguarda de la vida humana en el mar, así como también

ante sucesos de contaminación marina, sobre la base del control del

tránsito marítimo, respetando los criterios de acción impuestos por el

marco legal y su reglamentación correspondiente.

Que la participación en el mencionado ejercicio se encuentra en

consonancia con los compromisos que la REPÚBLICA ARGENTINA ha asumido

con la REPÚBLICA DE CHILE en la conformación y alistamiento de la

Fuerza de Paz conjunta combinada “Cruz del Sur”.

Que, en virtud de lo expuesto, resulta necesario autorizar la salida

del territorio nacional de medios y personal de Fuerzas Armadas

nacionales estacionados en la ciudad de USHUAIA, Provincia de TIERRA

DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, y la entrada de medios

y personal de la ARMADA de la REPÚBLICA DE CHILE a la citada ciudad

para participar de los eventos planificados en el Ejercicio “VIEKAREN”.

Que como corolario de todo lo expuesto, la no participación en los

mencionados ejercicios afectaría significativamente el adiestramiento

de nuestras Fuerzas Armadas en operaciones combinadas con otras Fuerzas

Armadas del continente, así como también las relaciones bilaterales y

multilaterales en la región, en atención a los compromisos asumidos por

la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que la naturaleza excepcional de la situación planteada hace imposible

seguir los trámites ordinarios previstos en la CONSTITUCIÓN NACIONAL

para la sanción de las leyes.

Que la Ley N° 26.122 regula el trámite y los alcances de la

intervención del H. CONGRESO DE LA NACIÓN respecto de los Decretos de

Necesidad y Urgencia dictados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, en

virtud de lo dispuesto por el artículo 99, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN

NACIONAL.

Que la citada ley determina que la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE tiene

competencia para pronunciarse respecto de la validez o invalidez de los

Decretos de Necesidad y Urgencia, así como elevar el dictamen al

plenario de cada Cámara para su expreso tratamiento, en el plazo de

DIEZ (10) días hábiles.

Que el artículo 22 de la Ley Nº 26.122 dispone que las Cámaras se

pronuncien mediante sendas resoluciones y que el rechazo o aprobación

de los decretos deberá ser expreso conforme lo establecido en el

artículo 82 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Que el servicio de asesoramiento jurídico pertinente ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta de acuerdo a las facultades emergentes

del artículo 99, incisos 1 y 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase la salida del territorio nacional de medios y

personal de fuerzas nacionales para la participación en la Edición VIII

del Ejercicio “CRUZEX” a llevarse a cabo en la ciudad de NATAL, Estado

de RÍO GRANDE DEL NORTE, REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, durante los

días 3 al 15 de noviembre de 2024, conforme se detalla en el ANEXO I

(IF-2024-119358038-APN-SAID#MD) que forma parte integrante del presente.

ARTÍCULO 2°.- Autorízase la salida del territorio nacional de medios y

personal de fuerzas nacionales y la entrada de medios y personal de la

ARMADA de la REPÚBLICA DE CHILE para la participación en el Ejercicio

“VIEKAREN” a llevarse a cabo en el Canal Beagle, tanto en aguas

argentinas como chilenas, durante los días 4 al 10 de noviembre de

2024, conforme se detalla en el ANEXO II

(IF-2024-119357509-APN-SAID#MD) que forma parte integrante del presente.

ARTÍCULO 3°.- El presente decreto entrará en vigencia el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 4°.- Dese cuenta a la COMISIÓN BICAMERAL PERMANENTE del H. CONGRESO DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Guillermo Francos - Luis Petri - Luis Andres Caputo - Mariano

Cúneo Libarona - Patricia Bullrich - Mario Iván Lugones - E/E Federico

Adolfo Sturzenegger - Federico Adolfo Sturzenegger

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 01/11/2024 N° 78160/24 v. 01/11/2024

(*Nota

Infoleg:**

Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la

edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el

siguiente link: AnexoI, AnexoII)*

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.