HIDROCARBUROS
DECLARANSE INCLUIDOS EL WOLFRAM Y LA MICA ENTRE LAS SUBSTANCIAS DE PRIMERA CATEGORIA COMPRENDIDAS EN EL ARTICULO 3° DEL CODIGO DE MINERIA.
MINISTERIO DE AGRICULTURA
Ley N° 10.388
Incluyendo el wolfram y la mica entre las substancias de primera categoría.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de
LEY:
Art. 1° Decláranse incluidos el
wolfram y la mica entre las substancias de primera categoría
comprendidas en el artículo 3° del Código de Minería.
Art. 2° Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires a diez y seis de Julio de mil novecientos diez y ocho.
BENITO VILLANUEVA FERNANDO SAGUIER
B. Ocampo Carlos G. Bonorino
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