IMPUESTOS
OBJETO CUMPLIDO-PRESUPUESTO PARA 1920
MINISTERIO DE HACIENDA
Ley 11.004. Declarando en vigor durante el mes de Febrero el Presupuesto de 1919.
Buenos Aires, Febrero 9 de l920.
Ley 11.004
Por cuanto:
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina; reunidos en Congreso etc.,
sancionan con fuerza de
Ley:
Art. 1°. Declárese en vigencia durante el mes de Febrero de 1920, el presupuesto degastos y leyes impositivas que han regido durante el año 1919.
Art. 2°. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dado en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, a seis de Febrero de mil novecientos veinte.
Benito Villanueva Arturo Goyeneche
B. Ocampo L.Piñeiro Sorondo
Por tanto:
Téngase por ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, e insértese en el Registro Nacional y Boletín Oficial, fecho, archívese.
IRIGOYEN
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