PRESUPUESTO

Rango Ley
Publicación 1920-05-22
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
artículos 5

AMBITO TEMPORAL CUMPLIDO-DECLARA EN VIGENCIA DURANTE EL MES DE MAYO DE 1920 EL PRESUPUESTO Y LEYES DE IMPUESTOS DE 1919

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ACTOS DEL PODER EJECUTIVO

MINISTERIO DE HACIENDA

LEY 11.008.

Declarando en vigencia durante el mes de Mayo de 1920 el Presupuesto y leyes de impuestos que rigieron durante el año 1919.

Buenos Aires, Mayo 20 de 1920.

Por cuanto:

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso etc., sancionan con fuerza de

Ley:

Art. 1°. Declárese en vigencia durante el mes de Mayo de 1920 el presupuesto y leyes de impuestos que rigieron durante el año 1919.

Art. 2°. No quedan comprendidas en la presente las leyes sobre impuestos que se sancionaren con posterioridad a la misma, y las que habiéndolo sido con anterioridad deban regir en el corriente año.

Art. 3°. Dieta para treinta y ocho (38) Diputados incorporados, de acuerdo con la Ley N° 10.834, por el mes de Mayo corriente, a razón de $ 1.500 cada uno.

Art. 4°.El gasto que demande el articulo 3 se hará de Rentas Generales con imputación a la presente.

Art. 5°. Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dado en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires a diez y ocho de Mayo de mil novecientos veinte.

(Fdos):

Benito Villanueva.

Arturo Goyeneche.

B. Ocampo.

L Piñeiro Sorondo.

Por tanto:

Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese en el Registro Nacional y Boletín Oficial, fecho archívese.

IRIGOYEN

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