PRESUPUESTO NACIONAL
Poniendo en vigencia durante el mes de Agosto de 1921 el Presupuesto General de gastos y leyes impositivas, que rigieron en 1920
LEY Nº 11.142
Buenos Aires, Agosto 26 de 1921.
Por cuanto:
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
LEY:
Art. 1º Declárase en vigencia por el mes de Agosto de mil novecientos veintiuno, el Presupuesto General de gastos y leyes impositivas que rigieron durante el año 1920.
Art. 2º Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires a veinticinco de Agosto de mil novecientos veintiuno.
Benito Villanueva
Adolfo Labougle
Teófilo S. Bustamante
Carlos G. Bonorino
Por tanto:
Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Nacional y Boletín Oficial, fecho, archívese.
YRIGOYEN
La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.