PRESUPUESTO
ACTOS DEL PODER EJECUTIVO
MINISTERIO DE HACIENDA
LEY Nº 11.182
Buenos Aires, Julio 17 de 1922.
Por cuanto:
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de
LEY:
Artículo 1º. Declárase en vigencia por los meses de Mayo, Junio y Julio del corriente año el presupuesto general de gastos y leyes impositivas que rigieron durante el año 1921.
Art. 2º Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a 17 de Julio de 1922.
Leopoldo Melo - R. Pereyra Rozas
Adolfo Labougle Carlos G. Bonorino.
Por tanto:
Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese en el Registro Nacional y Boletín Oficial, fecho, archívese.
IRIGOYEN
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