RELACIONES DIPLOMATICAS
Ley 11.185
CAMBIO DE CATEGORIA DE LA REPRESENTACION DIPLOMATICA PERMANENTE EN LA REPUBLICA DE CHILE.
BUENOS AIRES, 26 de agost0 de 1922
El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos
en Congreso, etc.
SANCIONAN CON FUERZA DE LEY
Artículo 1. - Elévase al rango de Embajada la categoría de la representación diplomática permanente en la República de Chile.
Art. 2. - Mientras este gasto no se incluya en la ley General de Presupuestos, se hará de rentas generales con imputación a la presente.
Art. 3. - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
MELO - Pereyra Rozas - Labougle - G. Bonorino.
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