PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL
ARTICULO 1°. DECLARASE EN VIGENCIA PARA EL EJERCICIO ECONOMICO DEL CORRIENTE AÑO, LAS LEYES IMPOSITIVAS QUE RIGIERON DURANTE EL AÑO 1921 Y LAS LEYES NOS. 11.027 Y 11.178 DE PRESUPUESTO GENERAL.
**MINISTERIO DE
HACIENDA**
LEY N° 11.188
**Declarando En
vigencia para el corriente año el presupuesto de 1921.**
Buenos Aires, Septiembre 30 de 1922.
Por cuanto:
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en
Congreso, etc., sancionan con fuerza de
LEY:
Artículo1o. Declárase en vigencia
para el ejercicio económico del corriente año, las leyes impositivas que
rigieron durante el año 1921 y las leyes Nos. 11.027 y 11.178 de presupuesto
general.
Art. 2º. Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso
Argentino, en Buenos Aires, a veintinueve de Septiembre de 1922.
Leopoldo Melo
Adolfo Labougle
R. Pereyra Rozas
Carlos G. Bonorino
Por tanto:
Téngase por Ley de la Nación; comuníquese e insértese en el Registro Nacional y archívese.
IRIGOYEN
D. E. Salaberry.
| Leopoldo Melo
Adolfo Labougle | R. Pereyra Rozas
Carlos G. Bonorino | | --- | --- |
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