RELACIONES DIPLOMATICAS

Rango Ley
Publicación 1927-10-21
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
artículos 3

CAMBIO DE CATEGORIA DE LA REPRESENTACION DIPLOMATICA PERMANENTE DE LA REPUBLICA, ANTE EL GOBIERNO DE FRANCIA.

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Ley 11.404

CAMBIO DE CATEGORIA DE LA REPRESENTACION DIPLOMATICA PERMANENTE DE LA REPUBLICA, ANTE EL GOBIERNO DE FRANCIA.

BUENOS AIRES, 4 de octubre de 1927

El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos

en Congreso, etc.

SANCIONAN CON FUERZA DE LEY

ARTICULO 1. - Elévase al rango de embajada la categoría de la representación diplomática permanente de la República ante el gobierno de Francia.

ARTICULO 2. - Los gastos que implique el cumplimiento de la presente Ley se imputarán a la misma, hasta tanto se incluyan en el presupuesto general de gastos.

ARTICULO 3. - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

GONZALEZ - SUSSINI - Figueroa - Gonzales Bonorino

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