HIDROCARBUROS

Rango Ley
Publicación 1928-09-21
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
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MINISTERIO DE AGRICULTURA

Ley N° 11.409

Concediendo venias para demandar a la Nación.

Por cuanto:

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de

Ley:

Artículo 1° - Concédense las venias solicitadas, respectivamente, por

la Compañía Industrial y Comercial de Petróleo S.A., don Alfredo Fermín

Montero, y don José Repetto para demandar a la Nación.

Art. 2° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires a primero de agosto de mil novecientos veintiocho.

Elpidio González - Andrés Ferreyra

Gustavo Figueroa - Carlos G. Bonorino

Registrada bajo el N° 11409.

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