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Rango Ley
Publicación 1933-08-16
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
artículos 3

OBJETO CUMPLIDO-REDUCE TARIFA DE IMPRESOS Y ESTABLECE TARIFA MINIMA

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ACTOS DEL PODER EJECUTIVO

Ministerio del Interior

Ley número 11.696. –

Reduciendo la tarifa de impresos

Buenos Aires, Agosto 11 de 1933.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de

LEY:

Artículo 1° - Redúcese a tres centavos cada cien gramos o fracción la tarifa de impresos.

Art. 2° - Las publicaciones científicas, revistas, boletines, circulares de universidades, estaciones experimentales agrícolas, institutos culturales y otros análogos, pagarán la tarifa mínima de medio centavo por cada sesenta y cinco gramos o fracción, que rige para los diarios, revistas, periódicos y publicaciones de interés general.

Art. 3° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a 8 de Agosto de 1933.

Registrada, bajo el número 11.696.

JULIO A. ROCA

JUAN F. CAFFERATA

Gustavo Figueroa

Carlos G. Bonorino

Por tanto,

Téngase por Ley de la Nación, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése al Registro Nacional y archívese.

JUSTO

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