MINISTERIO DE JUSTICA E INSTRUCCION PUBLICA

Rango Ley
Publicación 1934-08-16
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
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MINISTERIO DE JUSTICIA E INSTRUCCIÓN PUBLICA

DIRECCIÓN DE INSTRUCCIÓN PÚBLICA

Ley Núm. 11.866

El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

LEY:

Artículo 1.° — Créase una fundación destinada a honrar la memoria del

General don José de San Martín, difundiendo el conocimiento e interés

por su personalidad y su noble vida, mediante la institución de premios

que se otorgarán anualmente por el Consejo Nacional de Educación y por

la Municipalidad francesa de Boulogne sur-Mer a los mejores trabajos

escolares que se presenten sobre el prócer argentino.

Art. 2.° — Estos premios se costearán con el importe de la renta de un

capital básico constituído por la suma de 50.000 cincuenta mil pesos

moneda nacional en títulos públicos del 5% de interés ofrecida por la

comisión "Pro-Casa de San Martín en Boulogne-sur-Mer", que el Poder

Ejecutivo aceptará.

Art. 3.° — La custodia y administración del capital de la fundación

creada por la presente ley estará a cargo del "Crédito Público

Nacional", que anualmente y por mitades, pondrá a disposición del

Consejo Nacional de Educación y del Ministerio de Relaciones Exteriores

para que éste lo remita a la Municipalidad francesa de

Boulogne-sur-Mer, el importe de la renta devengada, a los fines

expresados en el artículo 1°.

Art. 4°. — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a 7 de agosto de 1934.

C. A.

BRUCHMANN

MANUEL A.

FRESCO

Gustavo Figueroa

L. Zavalla Carbó

Registrada bajo el número 11.866.

Buenos Aires, Agosto 10 de 1934.

Téngase por Ley de la Nación; cúmplase, publíquese y dése al Registro Nacional.

ROCA

MANUEL DE IRIONDO

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