FIESTAS NACIONALES

Rango Ley
Publicación 1938-06-14
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
artículos 2

DECLARESE DIA DE LA BANDERA, EL 20 DE JUNIO, QUE SERA FERIADO EN TODO EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA.

Historial de reformas JSON API

ACTOS DEL PODER EJECUTIVO

MINISTERIO DEL INTERIOR

Ley N° 12.361

Declarando Día de la Bandera, el 20 de junio

Buenos Aires, Junio 8 de 1938.

POR CUANTO:

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de

LEY:

Artículo 1º - Declárese Día de la Bandera, el 20 de junio, que será feriado en todo el territorio de la República.

Art. 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones

del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a ocho días del mes de junio

del año mil novecientos treinta y ocho.

RAMON S. CASTILLO JUAN G. KAISER

Gustavo

Figueroa

Leonidas Zavalla Carbó

La consulta de este documento no sustituye la lectura del Boletín Oficial de la República Argentina correspondiente. No asumimos responsabilidad por eventuales inexactitudes derivadas de la transcripción del original a este formato.

Este texto se publica bajo las condiciones de reutilización propias de InfoLEG, no bajo una licencia de Legalize ni de dominio público. InfoLEG
CC-BY 4.0 (atribución obligatoria a SAIJ)
Datos legislativos provistos por el Ministerio de Justicia de la República Argentina a través de la Dirección Nacional del Sistema Argentino de Información Jurídica (SAIJ). Publicados en https://datos.jus.gob.ar bajo licencia Creative Commons Atribución 4.0 Internacional.