PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL
**DEPARTAMENTO
DE HACIENDA DE LA REPUBLICA ARGENTINA**
LEY N° 1.263
Buenos Aires, Noviembre 27 de 1882
POR CUANTO:
*El
Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en
Congreso etc., sancionan con fuerza de*
LEY
**Artículo
1° -** El Presupuesto General de Gastos de la Administración para
el año económico de 1883, queda fijado en la suma de ($ 31.224,748 57) *treinta y un millones, doscientos
veinticuatro mil setecientos cuarenta y ocho pesos, cincuenta y siete
centavos* moneda nacional, distribuidos en los Departamenos
siguientes:
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Art. 2°- Los gastos presupuestos en el artículo anterior, serán cubiertos con los siguientes recursos:
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Art. 3° - Las mercaderías y
productos sujetos segun la Ley de Aduana para 1883, al pago de derechos
de importacion y exportacion, pagarán además un impuesto adicional de
uno por ciento, de acuerdo con las leyes vigentes.
Art. 4° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Data en la Casa del Congreso Argentino, en Buenos Aires a veinte y tres de Octubre de mil ochocientos ochenta y dos.
FRANCISCO B. MADERO
Carlos M. Saravia
Secretario del Senado
T. ACHÁVAL RODRIGUEZ
J. Alejo Ledesma
Secretario de la C. de DD.
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nacion Argentina, cúmplase, comuníquese, publíquese é insértese en el Rejistro Nacional.
MADERO
Juan J. Romero
| FRANCISCO B. MADERO
Carlos M. Saravia
Secretario del Senado | T. ACHÁVAL RODRIGUEZ
J. Alejo Ledesma
Secretario de la C. de DD. | | --- | --- |
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