RELACIONES DIPLOMATICAS

Rango Ley
Publicación 1940-10-07
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
artículos 3

CAMBIO DE CATEGORIA DE LA REPRESENTACION DIPLOMATICA PERMANENTE ANTE EL GOBIERNO DE JAPON.

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Ley 12.652

CAMBIO DE CATEGORIA DE LA REPRESENTACION DIPLOMATICA PERMANENTE ANTE EL GOBIERNO DE JAPON.

BUENOS AIRES, 24 de septiembre de 1940

El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos

en Congreso, etc.

SANCIONAN CON FUERZA DE LEY

Art. 1.- Elévase al rango de embajada, la categoría de la representación diplomática permanente ante el Gobierno del Japón.

Art. 2.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley, se imputarán a la misma, hasta tanto sean incluidos en el presupuesto general.

Art. 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

PATRON COSTAS - Noel - Figueroa - González Bonorino.

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