BOLETIN OFICIAL

Rango Ley
Publicación 1948-08-31
Última actualización 1900-01-01
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
artículos 3

AUTORIZASE AL PODER EJECUTIVO PARA QUE FIJE EL ARANCEL DEL BOLETIN OFICIAL.

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ARANCEL DEL BOLETIN OFICIAL

LEY 13.221

Sancionada: Agosto 12-1948

Promulgada: Agosto 25-1948

POR CUANTO:

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de

LEY:

ARTICULO 1° —Autorízase al Poder Ejecutivo para que fije el arancel del Boletín Oficial.

ARTICULO 2° — Deróganse las disposiciones de la ley 11.582 y demás en vigor que se opongan a la presente.

ARTICULO 3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

**J. H.

QUIJANO

H. J. CAMPORA**

Alberto H. Reales

Rafael V. González.

—Registrada bajo el N° 13.221—

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