PRESUPUESTO GENERAL DE LA ADMINISTRACION NACIONAL

Rango Ley
Publicación 1883-10-23
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
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MINISTERIO DE HACIENDA

LEY N° 1388

Ley de Presupuesto Jeneral de gastos para la Administracion en el año económico de 1884

Departamento de Hacienda.

Buenos Aires, Noviembre 7 de 1883.

POR CUANTO:

El Senado y Cámara de Diputados de la Nacion Arjentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de -

LEY

Art. 1° - El presupuesto

jeneral de gastos para la Administracion en el año económico de 1884,

queda fijado en la suma de ($ 34.929,640-43 m/n.) treinta y cuatro

millones, novecientos veinte y nueve mil, seiscientos cuarenta pesos

con cuarenta y tres centavos moneda nacional, distribuidos en los

Departamentos siguientes:

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Art. 2° - Los gastos presupuesados en el artículo anterior, serán cubiertos con los siguientes recursos:

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Art. 3° -Las mercaderías y

productos sujetos, segun la Ley de Aduana para 1884, al pago de

derechos de importacion y exportacion, pagarán además, un impuesto

adicional de uno por ciento, de acuerdo con las leyes vijentes.

Art. 4° -Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Arjentino, en Buenos Aires, á

veinte y tres de Octubre de mil ochocientos ochenta y tres.

A. C. CAMBACÉRÉS.

B. Ocampo,

Secretario del Senado

RAFAEL RUIZ DE LOS LLANOS.

J. Alejo Ledesma,

Secretario de la C. de DD.

(Rejistrada bajo el núm. 1388).

POR TANTO:

Téngase por Ley de la Nacion Arjentina, cúmplase, comuníquese, publíquese é insértese en el Rejistro Nacional.

MADERO.

V. DE LA PLAZA.

VER ANEXOS COMPLETOS

| A. C. CAMBACÉRÉS.

B. Ocampo,

Secretario del Senado | RAFAEL RUIZ DE LOS LLANOS.

J. Alejo Ledesma,

Secretario de la C. de DD. | | --- | --- |

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