OBRAS PUBLICAS
Ley 14.000
AFIANZAMIENTO DEL CUMPLIMIENTO DE LOS CONTRATOS DE OBRA PUBLICA CON BONOS O TITULOS NACIONALES, PROVINCIALES Y MUNICIPALES.
BUENOS AIRES, 29 de septiembre de 1950
El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos
en Congreso, etc.
SANCIONAN CON FUERZA DE LEY.
Artículo 1.- Déjase establecido que todo lo determinado por la ley 13.064
de obras públicas, respecto al afianzamiento con títulos o bonos
nacionales, de las propuestas o del cumplimiento de los contratos, es
extensivo con las mismas formalidades y alcance a los títulos y bonos
provinciales o municipales, siempre que tales valores tengan cotización
oficial en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires.
Art. 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
QUIJANO - Reales - CAMPORA - Zavalla Carbó.
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