ORGANIZACION DE LA JUSTICIA
Ley 14.766
CREACION DE CARGOS DE JUEZ EN LA CAMARA NACIONAL DE APELACIONES DE TRABAJO DE LA CAPITAL FEDERAL.
BUENOS AIRES, 30 de septiembre de 1958
El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos
en Congreso, etc.
SANCIONAN CON FUERZA DE LEY
ARTICULO 1.- Creánse tres cargos de juez de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo de la Capital Federal, a los fines de la integración de una sala más en dicho tribunal.
ARTICULO 2.- Los gastos que demande el cumplimiento de esta ley se hará de rentas generales con imputación a la misma, hasta su inclusión en el presupuesto.
ARTICULO 3. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
GUZMAN - MONJARDIN - Jitrik - Oliver
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