JUSTICIA DEL TRABAJO
JUSTICIA DEL TRABAJO
LEY N° 15.261
**Transferencias de cargos de
representantes del ministerio público ante la Justicia del Trabajo de
la Capital de la República y créanse Procuradurías Fiscales Federales.**
Sancionada: diciembre 9 de 1959
Promulgada: diciembre 17 de 1959
POR CUANTO:
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de
LEY:
ARTICULO 1° - Cuatro de los
quince cargos de representantes que forman parte del ministerio público
ante la Justicia del Trabajo de la Capital de la República, se
transfieren al ministerio público ante los juzgados federales de la
misma jurisdicción, creándose con ellos otras tantas procuradurías
fiscales federales.
ARTICULO 2° - El Poder
Ejecutivo determinará cuáles serán los cargos que cambiarán de fuero y
distribuirá la competencia de las actuales procuradurías fiscales
federales, de las que por esta ley se establecen y de las que pudieran
crearse en el futuro.
ARTICULO 3° - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a
nueve días del mes de diciembre del año mil novecientos cincuenta y
nueve.
J. M. GUIDO F. F. MONJARDIN
Alejandro N. Barraza Guillermo González
Registrada bajo el N° 15.261
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