PARQUES NACIONALES

Rango Ley
Publicación 1960-11-07
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
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PARQUE NACIONAL SAN JERONIMO DEL REY

**LEY N° 15.555

Créase en la ciudad de Reconquista, provincia de Santa Fe.**

Sancionada: setiembre 30 de 1960

POR TANTO:

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso etc., sancionan con fuerza de

LEY

ARTICULO 1°.- Créase el Parque

Regional San Jerónimo del Rey en la ciudad de Reconquista, provincia de

Santa Fe, que se ubicará dentro de la zona comprendida entre la calle

Ensanche Norte, con un frente a la misma de 375 metros, el arroyo El

Rey, la ruta nacional N° 11, con un frente a la misma de 220 metros y

un costado paralelo a esta última de 430 metros.

ARTICULO 2°.- Decláranse de

utilidad pública y sujetos a expropiación los terrenos de propiedad

privada incluidos en la zona delimitada en el artículo 1° y autorízase

al Poder Ejecutivo a transferirlos, juntamente con los de dominio del

Estado nacional que lo integran, a la Municipalidad de la Ciudad de

Reconquista, provincia de Santa Fe.

ARTICULO 3°.- Autorízase al

Poder Ejecutivo a invertir la suma de dos millones de pesos moneda

nacional ($ 2.000.000) en las erogaciones que demande la presente ley,

entregando a la citada municipalidad el excedente que resultare del

cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2°, a efectos de que la

misma realice los trabajo respectivos.

ARTICULO 4°.- Impútanse los fondos autorizados por el artículo 3° al Fondo de Obras y Servicios Públicos, Ley 14.578.

ARTICULO 5°.- Cominíquese al Poder Ejecutivo.

Dada la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los

treinta días del mes de septiembre del año mil novecientos sesenta.

J. M. GUIDO

F. F. MONJARDIN

Alejandro N. Barraza

Eduardo T. Oliver

Registrada bajo el N° 15.555

Aprobada por el Poder Ejecutivo el 26/10/60, según el artículo 70 de la Constitución Nacional.

J. M. GUIDO F. F. MONJARDIN
Alejandro N. Barraza Eduardo T. Oliver

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