FUERZAS ARMADAS

Rango Ley
Publicación 1962-01-24
Estado Vigente
Departamento HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA
Fuente InfoLEG
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FUERZAS ARMADAS

LEY N° 15.968

Declárase Zona Militar una fracción de playas correspondiente al Destacamento Naval Golfo Nuevo.

Sancionada: 26 de octubre de 1961.

Promulgada: 13 de diciembre de 1961.

POR CUANTO:

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina, reunidos en Congreso, etc., sancionan con fuerza de

LEY:

ARTICULO 1°.- Declárase zona

militar la playa de mar comprendida entre las líneas de pleamar y

bajamar, correspondiente al Destacamento Naval Golfo Nuevo, determinada

por los puntos I, II, III y IV, en el plano que forma parte integrante

de la presente ley.

ARTICULO 2°.-Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a

los veintiséis días del mes de octubre del año mil novecientos sesenta

y uno.

C.A. GARCIA

F.F. MONJARDIN

Alejandro N. Barraza

Eduardo T. Olier

- Registrada bajo el N° 15.968 -

C.A. GARCIA F.F. MONJARDIN
Alejandro N. Barraza Eduardo T. Olier

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